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Topógrafos identifican "errores" en delimitación departamental

Datos disponibles no permiten hacer una reconstrucción de la cartografía sobre los límites

INFORME. La presentación de los resultados del análisis realizado por el Colegio de Topógrafos. INFORME. La presentación de los resultados del análisis realizado por el Colegio de Topógrafos.

Álvaro Valdez
Local / 24/05/2018 06:09

La ley del 21 de octubre de 1912, una de las que sirvió de base para la cuestionada Ley de Delimitación 1054 entre Chuquisaca y Santa Cruz, aprobada en abril, hace mención a un meridiano que ni siquiera está en territorio nacional sino en Brasil. Esta es una de las observaciones de la Comisión Técnica del Colegio de Topógrafos de Bolivia (COTOBOL) tras un análisis realizado a los datos técnicos disponibles sobre el tema.

La delimitación entre Chuquisaca y Santa Cruz fue definida con la Ley 1054, que se basó en las leyes del 10 de noviembre de 1898 y del 21 de octubre de 1912, la resolución suprema del 20 de noviembre de 1914 y la ley 2727 del 28 de mayo de 2005 del parque nacional Iñao.

LA LEY DE 1898

La Comisión Técnica del Colegio de Topógrafos concluyó respecto a la ley de 1898, que delimita Chuquisaca y Santa Cruz solamente de norte a sur, es decir, al norte Santa Cruz y al sur Chuquisaca.

"Aquí falta indicar que delimita los departamentos con una línea horizontal sobre el meridiano 20, 27, 30", precisó el presidente de la Comisión, Wilber Jesús Salinas.

Indicó que el mapa que toma en cuenta la ley de 1898 fue elaborado por Juan Minchin con fines de exploración de minerales simplemente, por lo que "sólo es de referencia".

"Él no era cartógrafo, llegó al país con fines de exploración a buscar minerales, no a hacer una cartografía seria de Bolivia", indicó.

LA LEY DE 1912

La ley de 1912 también delimita Chuquisaca y Santa Cruz de norte a sur, basándose en el mapa de Eduardo Idiaquez y de igual forma es sólo de referencia.

"Dicho mapa muestra la serranía de Incahuasi hasta más al sur", agregó.

Además, el mapa toma en cuenta el meridiano de París que tiene una diferencia de 2 grados, 20 minutos, 14.025 segundos al oeste con relación al meridiano de Greenwich.

"Entonces eso quiere decir que los datos, si nosotros queremos utilizar esta cartografía y actualizar a los mapas actuales, tendríamos que restar esta diferencia", subrayó.

Recordó que el meridiano de París dejó de utilizarse a nivel internacional a partir de 1887.

Asimismo, la ley menciona que la línea divisoria seguirá el mismo paralelo del punto de intersección de Cuevo hasta el meridiano, lo que, según sus palabras, se constituye en un error. "El paralelo 46 está cerca de Minerais en Brasil, o sea muy lejos, fuera de nuestro territorio y no se podía permitir que una ley nacional toque coordenadas de otros países", observó.

RESOLUCIÓN SUPREMA DE 1914

La comisión concluyó que los datos indicados no permiten la reconstrucción de una cartografía respecto a los límites.

"Sobrepasa las atribuciones indicadas en las leyes de 1898 y 1912 y se basa en un plano elaborado a mano alzada, a manera de croquis, sin precisión para delimitar al este y oeste entre Chuquisaca y Santa Cruz", remarcó.

LA LEY 2727

Respecto a esta ley, la Comisión afirmó que se refiere exclusivamente al parque nacional del Iñao, lo cual no define límites.

LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL 090

En cuanto a la resolución ministerial 090/2018 que dio pie a la ley de delimitación interdepartamental entre Chuquisaca y Santa Cruz, la Comisión identificó en el artículo I, un error de denominación este-oeste, es decir, tres coordenadas que debieron estar en el este figuran en el oeste y viceversa.

Asimismo, señala que el límite entre los municipios de Serrano (Chuquisaca) y Pucará (Santa Cruz) es arcifinio (límite natural río Grande) y tiene 30 vértices. "Al tratarse de límites arcifinios tranquilamente podía ponerse un punto al principio y otro punto al final porque el límite es natural descrito por el río, no necesitamos poner 3.000 puntos", dijo Salinas.

El riesgo de tener 30 vértices es que “si alguien tiene la mala intención de unir un límite que no es continuo con otro va a hacer desaparecer poblaciones enteras o hacer ganar o perder territorio y esto hay que aclarar”, concluyó.

La Comisión Técnica está conformada por Fernando Irahora, Wilber Jesús Salinas, Mario Espíndola, Marco Serrudo, Ivar Eyzaguirre y Edwin Torres.

GOBERNADOR NIEGA PÉRDIDA DE TERRITORIO

Por otro lado, ayer, el gobernador Esteban Urquizu aseguró que “Chuquisaca no perdió ni un solo milímetro” de territorio tal como denunció el ex jefe Departamental de Límites, Ángel Mamani, quien incluso dijo que con la polémica Ley 1054 la región pierde una comunidad íntegra.

“Quiero decirles, informando a nuestro pueblo, no hay un milímetro que está perdiendo Chuquisaca. No hay”, declaró.

Consultado sobre la renuncia de Mamani, quien se vio presionado tras descalificar la Ley 1054, Urquizu dijo que fue una decisión personal y voluntaria. “Yo quiero decirles que las renuncias son más personales, voluntarias, por lo menos así llegó la nota oficial (de Mamani)”, subrayó.

Piden abrogación

El Gobierno Municipal de Villa Serrano anunció que solicitará la abrogación de la resolución ministerial 090/2018 y La ley 1054 porque incurren en un “error gravísimo” en la nominación de las comunidades colindantes.

Después de hacer un análisis técnico, la Alcaldía verificó que los 30 puntos o vértices aprobados en dicha resolución quedan exactamente en el límite natural que se tiene entre Villa Serrano (Chuquisaca) y Pucará (Santa Cruz) que es el río Grande.

“Sin embargo se puede evidenciar que existe un error gravísimo en la nominación de las comunidades colindantes a dicha delimitación, ya que se nombra a comunidades que no están cerca del límite como Huayacán, Jahue, Achiras, Lampazos entre otras....”, señala.

 

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