A propósito de la Constitución

10/02/2019
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La elaboración de la nueva Constitución fue un proceso traumático, complejo y violento que duró tres años. El cuerpo legislativo  proclamaba tener poderes absolutos e ilimitados cuando, en realidad, sólo podía ejercer una potestad delegada con una función determinada como era la de redactar un proyecto de Constitución. Los legisladores confundieron la naturaleza jurídica y los verdaderos alcances del Poder Constituyente, y estaban convencidos de que la Asamblea Constituyente era el Poder Constituyente. La mayoría utilizaba indistintamente Poder Constituyente y Asamblea Constituyente, confundiendo así al titular de la soberanía con sus representantes.

En efecto, calificar a la Asamblea Constituyente boliviana de 2006-2009 de “originaria, plenipotenciaria”, y otros términos parecidos, resulta contrario a su naturaleza jurídica. La Ley especial 3464 de 6 de marzo de 2006,  regulaba el proceso constituyente. Y como una evidencia de que esta Asamblea Constituyente no era soberana, originaria ni plenipotenciaria, ni podía suplantar al soberano, la normativa tenía previsto que en caso de no aprobarse por mayoría absoluta el nuevo texto completo de la Constitución, continuaba en vigencia la Constitución ordenada mediante Ley N° 2650, de fecha 13 de abril de 2004 y la Ley de 6 de julio de 2005.

    En realidad este último extremo estuvo a punto de ocurrir, ya que los asambleístas no sólo llegaron a polarizar y enfrentados entre los movimientos sociales aglutinados en el Movimiento al Socialismo (MAS) de Evo Morales y la oposición política representada por PODEMOS (Poder Demócrata y Social) del ex Presidente Jorge Quiroga y otras fuerzas menores, sino que pretendían que la Asamblea Constituyente de 2006-2009, fuera soberana, originaria y plenipotenciaria y, por tanto, buscaban ejercer un poder absoluto que estuviera por encima de los tres poderes del Estado y la propia Ley de convocatoria o ente convocante.       El proyecto hegemónico del gobierno se facilitó en la medida en que no sólo se había liquidado militarmente a la oposición y concentrado el poder absoluto en el Órgano Ejecutivo, sino además porque había que terminar con la división política y territorial entre la “media luna” (ubicada en el oriente boliviano) y el gobierno central.

Pero los problemas de la Asamblea no sólo fueron “domésticos” sino que implosionaron  cuando Sucre reclamó la capitalía plena, con el regreso de los Poderes Ejecutivo y Legislativo que funcionan en La Paz. Este pedido causó un verdadero terremoto político y un estallido de violencia, que obligó a cambiar de sede y prácticamente los asambleístas huyeron del centro de la ciudad y se refugiaron en la Glorieta.

Sin embargo, los asambleístas oficialistas después se trasladaron a Oruro, donde fueron suficientes alrededor de 16 horas para aprobar los 411 artículos del texto constitucional. Pero lo más curioso no fue la aprobación del texto en tiempo récord, sino que Bolivia no sabe qué texto finalmente se aprobó: si el redactado por las comisiones y los propios asambleístas, o un texto introducido en la oscuridad de la noche y en medio de bayonetas y fusiles.

En realidad, varios asambleístas sostienen que el texto constitucional difundido entre finales de diciembre de 2007 y febrero de 2008, es un documento apócrifo,  si se lo compara con los informes originales de mayoría y minoría redactado por las 21 comisiones hasta julio de 2007. Y recuerdan a los asambleístas del MAS Marcela Revollo y Santos Ramírez, cuando declaran conocer un texto que era diferente al aprobado el 24 de noviembre en el Liceo militar Edmundo Andrade.

Sin embargo lo más aberrante fue que la Asamblea Constituyente terminó subordinada al entonces Congreso Nacional (que tanto criticaba) donde un reducido número de constituyentes y parlamentarios, terminaron el 21 de octubre de 2008 firmando un Pacto que permitió realizar “ajustes” al texto constitucional, según la Ley N° Ley Nº 3942 de 21 de octubre de 2008. El proceso concluyó con el referéndum de fecha 25 de enero de 2009, que aprobó la Constitución Política del Estado y se promulgó oficialmente el 7 de febrero del mismo año y que ?según el MAS? constituye una manifestación expresa del poder constituyente originario y soberano. 

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