Ley 348: Hay sobrecarga de causas en juzgados

En Chuquisaca y en el país se han registrado miles de denuncias en la FELCV y las fiscalías departamentales que no han sido resueltas

FELCV. Las mujeres agredidas denuncian en las nuevas instalaciones de la unidad policial.

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FEMINICIDIO. En el país 99 denuncias se tramitan en el Ministerio Público.

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VIOLENCIA FAMILIAR. Los casos de agresiones a mujeres se incrementaron después de la promulgación de la Ley 348.

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VIOLENCIA. Con la implementación de la Ley 348, las mujeres rompieron el silencio y ahora denuncian las agresiones

VIOLENCIA. Con la implementación de la Ley 348, las mujeres rompieron el silencio y ahora denuncian las agresiones


    CORREO DE SUR y Agencias
    Panorama / 27/06/2015 15:00

    La implementación de la Ley Integral 348 para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, ha permitido que las mujeres rompan el silencio y denuncien los maltratos físicos, psicológicos y económicos en los que estaban sumidas. Empero, la otra cara de la moneda, deja entrever la acumulación de casos por resolver, tanto en el Ministerio Público como en la Justicia.

    La realidad en Chuquisaca es preocupante ya que desde marzo del 2013 hasta mayo de 2015 en la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) se registraron 5.492 casos de violencia contra las mujeres. De este número, 2.576 causas ingresaron al Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) para la etapa preparatoria de juicio.

    Según los reportes tanto en el Ministerio Público como en la FELCV en Chuquisaca, por semana se denuncian unos 21 casos por violencia familiar o doméstica.

    La Ley 348 fue promulgada el 9 de marzo de 2013 y con esta norma se define la erradicación de la violencia como un tema de prioridad nacional y como un problema de salud pública, desde un enfoque de prevención y protección de las mujeres en situación de violencia y la sanción de los agresores.

    La norma reconoce 16 formas de violencia, pasando su tratamiento al ámbito penal, a través de la simplificación de algunos aspectos del procedimiento.

    Se establecen nuevos tipos penales: el feminicidio, acoso sexual, violencia familiar o doméstica, esterilización forzada, incumplimiento de deberes, padecimientos sexuales y actos sexuales abusivos. Y se incorpora como delitos contra la mujer la violencia económica, violencia patrimonial y sustracción de utilidades de actividades económicas familiares.

    Señala que los delitos de violencia contra las mujeres se convierten en delitos de acción pública, lo que significa que la investigación de estos hechos, se efectuará de oficio por el Ministerio Público en coordinación con la FELCV.

    CONGESTIONAMIENTO
    Según el análisis del abogado penalista Sergio Vildoso la ley 348, desde su implementación, los delitos de violencia familiar han pasado a jurisdicción en el ámbito penal cuando antes estaban en materia familiar.

    “Ha provocado una saturación en el Ministerio Público ya que las causas que vienen llegando, entiendo más del 40% en el día son de violencia domestica”, manifestó.

    Muchos de los casos están en la etapa preparatoria y otros en los Tribunales de Sentencia. La sobrecarga procesal ha congestionado los juzgados de Instrucción en lo Penal como los de Sentencia a decir del presidente del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ), José Antonio Revilla

    Según los datos de la FELCV, desde el funcionamiento de esta repartición especializada en la comisión de delitos contra las mujeres, desde julio de 2013 hasta mayo de 2015 se sentaron 5.492 denuncias, un porcentaje mayor por violencia familiar y doméstica.

    Mientras según los datos del TDJ, a los diferentes juzgados cautelares y tribunales de sentencia han ingresado desde 2014, luego de la etapa preparatoria investigativa en el Ministerio Público, 2.576 causas; los delitos más denunciados son lesiones graves y leves, violación de infante niño, niña y adolescente, pero los casos de violencia familiar son 2.342, que representan el 91% del total.

    “Es preocupante la cifra de causas ingresadas ante el TDJ y de las 2.576 sólo el 1% se han resuelto y el 99% están en los juzgados penales y los tribunales de sentencia. Lo que se debe implementar como una medida para prevenir los casos de violencia familiar es una política socioeducativa, para frenar la comisión de estos casos”, sostiene Revilla.

    A su turno, la responsable regional del Defensor del Pueblo, Juana Maturano dice estar preocupada porque hasta la fecha en los Gobiernos Autónomos no se han aplicado medidas para frenar la violencia contra las mujeres, en cumplimiento de la Ley que señala que deben destinar recursos económicos para implementar políticas que reduzcan los índices elevados de agresión a la mujer.

    “Pese a que la Alcaldía de Sucre y la Gobernación de Chuquisaca han aprobado la leyes de alerta máxima a la violencia de la mujer, hasta la fecha no se han concretado las políticas que se deben de implementar, esto también por la etapa de transición de autoridades”, afirma Maturano.

    DATOS NACIONALES
    El Centro de Información y Desarrollo de la Mujer (CIDEM), en su informe sobre la violencia contra la mujer en Bolivia después de la aprobación de la Ley 348, demuestra que las instituciones asignadas por ley no están aplicando la norma y no ayudan a la mujer.

    La representante del CIDEM, Gloria Tapia, informa que si bien los estudios evidencian que las denuncias de casos de violencia subieron desde 2013, las denunciantes actualmente no encuentran el apoyo adecuado para liberarse de su agresor.

    "En el caso de la FELCV si bien se recibe la denuncia, no se da el siguiente paso: abrir las investigaciones y  perseguir a su agresor y darle protección (a la víctima)”, lamenta.

    El último reporte nacional de la FELCV de este año, correspondiente a marzo, señala que se reportaron 57.773 casos de violencia contra las mujeres y 68 feminicidios.

    DEFICIENCIAS EN LA LEY
    Hay vacíos en la norma, carencia de infraestructura, falta de personal especializado, falta de recursos, ausencia de reglamento, lentitud y burocracia en los procesos y acumulación de carga procesal son los principales problemas en la aplicación de la Ley 348.

    En Bolivia se registraron 99 casos de feminicidios y 16 tienen sentencias

    El Ministerio Público investiga 99 casos de feminicidio en el país, y otros 16 casos fueron concluidos con sentencias de 30 años de presidio para los feminicidas, tal como señala la Ley 348.

    De acuerdo con los datos de la Dirección de protección a víctimas, testigos y miembros del Ministerio Público – Fiscalía especializada para víctimas de atención prioritaria, 30 casos se encuentran en etapa preliminar de investigación, 37 están en la etapa preparatoria, 27 casos están en pleno juicio oral; tres fueron rechazados y dos tienen sobreseimiento.

    En cuanto a las sentencias, hay cuatro casos con data de 2013, ocho en 2014 y cuatro en 2015, haciendo un total de 16 casos en los que los feminicidas recibieron condenas de 30 años de presidio sin derecho a indulto, como establece la Ley.

    Bajo esta norma, en un caso de feminicidio no es posible utilizar la figura de “homicidio por los agresores emoción violenta”, a la que se acogían con la anterior ley, haciendo referencia a razones de “honorabilidad”, para lograr sanciones entre dos y seis años de prisión, que en la práctica no era cumplida.

    La Ley 348 prohíbe la conciliación, precautelando la  vida y la integridad sexual de las mujeres, sancionando a los funcionarios que la promovieran.
    En Chuquisaca, según los datos proporcionados por el Defensor del Pueblo, desde 2013 hasta la fecha se registraron diez feminicidios; cuatro tiene sentencia ejecutoriada, tres está en etapa de acusación y tres en investigación.

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  • Ley 348
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