Ceballos: El TSE debe hacer cumplir la sentencia sobre la repostulación de Evo
El magistrado del TCP defiende nuevamente la decisión tomada por los anteriores miembros del alto tribunal
La sentencia constitucional que viabilizó la reelección indefinida de Evo Morales no tiene porqué ser considerada en el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ya que la Constitución Política del Estado no está sometida ni sujeta a ningún tipo de valoración o consideración, aseguró este martes el magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, consultado sobre si el Órgano Electoral debe analizar la aplicación o no de dicho fallo en función al referéndum del 21 de febrero de 2016.
“No existe argumento alguno para considerar la posibilidad de no cumplir una sentencia constitucional, esto es vinculante en el Estado Plurinacional donde las sentencias del TCP se cumplen”, aseguró el magistrado.
Explicó que una sentencia constitucional, por mandato del artículo 203 de la CPE es vinculante y de cumplimiento obligatorio, “consiguientemente su carácter vinculante implica a todos los órganos e instituciones del Estado y que por el principio de supremacía constitucional también a todos los ciudadanos del Estado”, apuntó.
Ceballos es el único magistrado que desde que salió en defensa de la sentencia constitucional que firmaron los anteriores magistrados, en la que definieron la repostulación indefinida del Presidente, sin considerar los resultados del referéndum constitucional de febrero de 2016 en el que la mayor parte del pueblo boliviano rechazó la posibilidad de que tanto Morales como Álvaro García Linera se repostulen a sus cargos.