TCP declara constitucional ley del Tipnis, tras un año
El expediente pasó por varios sorteos y ampliaciones de plazos para emitir la sentencia final
Los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) decidieron sellar la Ley 969 que eliminó la intangibilidad del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) y declararon improcedente la acción de inconstitucionalidad abstracta que plantearon parlamentarios opositores y un sector indígena de esa región.
Después de varios anuncios de los magistrados en sentido de que la sentencia en el caso TIPNIS estaba lista para notificación, ayer, un año y tres meses después, se conoció que los nueve tribunos, por unanimidad, resolvieron darle el rango constitucional a la ley promulgada por el presidente Evo Morales.
El expediente pasó por varios sorteos a magistrado relator y hubo ampliaciones de plazos, pero ningún proyecto logró consenso.
Los magistrados de la anterior gestión dejaron pendiente el trámite de este recurso y priorizaron la sentencia que viabilizó la repostulación del presidente Evo Morales.
El magistrado del TCP, Gonzalo Hurtado, señaló ayer que el TCP votó por no dar curso a la acción de inconstitucionalidad abstracta de los accionantes que buscaban la inaplicabilidad de la norma del TIPNIS y falló por la improcedencia de la misma.
“Se resolvió por la improcedencia de los recursos (en contra de la ley del TIPNIS) y las demandas interpuestas fueron declaradas improcedentes, no ha lugar a las mismas”, señaló escuetamente el magistrado.
Hurtado reiteró que las sentencias del TCP son vinculantes, de aplicación obligatoria e inapelables.
La ley de "Protección, Desarrollo Integral y Sustentable del TIPNIS", promulgada el 13 de agosto de 2017, eliminó la intangibilidad de ese patrimonio natural dando lugar al proyecto de construcción de una carretera entre Villa Tunari y San Ignacio de Moxos, y abrogando la Ley 180 que, en su artículo tercero, prohibía la construcción de cualquier carretera a través del territorio indígena.
Los parlamentarios opositores y dirigentes indígenas activaron tres recursos alegando que el artículo 9 de la nueva ley va en contraruta de los artículos 342 y 385 de la Constitución Política del Estado, referidos al medioambiente y a las áreas protegidas respectivamente y por ello son inconstitucionales.
La argumentación de la demanda de inconstitucionalidad estaba basada en tratados internacionales firmados por Bolivia, la propia Constitución y la Declaración de Derechos Humanos.
El TCP decidió por la unificación de las tres demandas para emitir un solo fallo y así lo hizo.
Los denunciantes advirtieron que en caso de no prosperar estos recursos, acudirán a instancias internacionales, así lo dijo el senador opositor Óscar Ortiz.
La resistencia al proyecto de eliminar la intangibilidad del TIPNIS viene desde 2011, cuando una multitudinaria marcha que cruzó el país durante más de 60 días obligó al Gobierno a suspender la construcción de la carretera.