El SIN dice que artistas no pagan por eventos propios
El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, aclaró que los artistas nacionales están libres del pago de impuestos, cuando realizan un evento cultural por cuenta propia, de acuerdo con lo...
El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, aclaró que los artistas nacionales están libres del pago de impuestos, cuando realizan un evento cultural por cuenta propia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2206, su decreto reglamentario y otras disposiciones legales vigentes.
La autoridad hizo esa aclaración luego de reunirse con el Sindicato Boliviano de Artistas en Variedades, para especificar que el SIN no está trabajando una nueva normativa para que cada artista saque Número de Identificación Tributaria (NIT) o para crear nuevas obligaciones tributarias.
“La Ley 2206 y su decreto reglamentario 1241, que básicamente hablan de los beneficios, precisamente, del artista boliviano, en los cuales se establece, pues (…), que las actividades de producción, presentación y difusión de eventos de teatro, danza, música nacional (…), que sean producidos por artistas bolivianos, están exentos del Impuestos al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Transacciones (IT) y el Impuesto sobre las Utilidades (IUE)”, manifestó.
Dejó en claro que la Administración Tributaria solo aplica las disposiciones vigentes y recordó que la Ley 2206 fue promulgada el 30 de mayo de 2001 por el gobierno de Hugo Banzer, y que el Decreto Supremo Nº 1241, que reglamenta dicha ley, se emitió en mayo de 2012, en la gestión del presidente Evo Morales. Es decir que estas normas ya existían.
Cuando un artista boliviano quiere realizar un espectáculo público por cuenta propia o a través de personas naturales o jurídicas (también inscritas en el Registro Plurinacional de Artistas, del Ministerio de Cultura y Turismo), debe solicitar al SIN la dosificación de facturas sin derecho a crédito fiscal.