Música: ¿Quiénes deben pagar derecho de autor?
Chuquisaca es el departamento con la menor recaudación de 2018
Son muchos ciudadanos los que todavía piensan que la música es gratis, pero tiene un dueño, explican desde la Sociedad Boliviana de Autores y Compositores (Sobodaycom) al remarcar que al ser así, se debe cancelar por su uso. Pero ¿quiénes deben pagar? Según la institución, Chuquisaca es la que menos regalías recibe y es uno de los departamentos donde hace falta crear conciencia sobre el cumplimiento de los derechos de autor.
Para muchos, el tener acceso libre a la música es más que importante, algunos buscan la manera de poseer los “hits” del momento ya sea mediante descargas libres o plataformas de pago por internet´; eso está permitido si solo se comparte con los amigos o la familia, a manera de entretenimiento o compañía, pero si hay un movimiento económico de por medio, se deben pagar determinados montos según el rubro.
¿Quiénes pagan?
“Todo aquel usuario de música que la utilice con un fin económico directo o indirecto”, explica a CORREO DEL SUR el director general administrativo de Sobodaycom, Geoffrey Baldivieso.
Discotecas, karaokes y restaurantes son las principales actividades económicas que deben pagar por el uso de la música ya sea nacional o extranjera, aunque los tarifarios son diferentes para una treintena de rubros.
Los valores de Sobodaycom son los más bajos de Latinoamérica y se basan en la Ley 1322 de Derecho de autor. No se trata de un impuesto, un aporte o “una limosna”, sino de un derecho humano, afirma Baldivieso.
Las actividades económicas pueden pagar por cuotas según convenga: mensual, semestral, trimestral o anual en un solo pago anticipado, en este último hay un descuento del 20% del total.
La cancelación está determinada en Unidades de Derechos de Autor (UDAs); en el país cada UDA equivale a Bs 60. Según la actividad, Sobodaycom realiza un censo consensuado con el dueño –según el caso– con datos de ubicación, tipo de infraestructura, aforo, superficie, días de funcionamiento, modalidad de uso de la música y otros.
Por ejemplificar algunos rubros, en Sucre hay 160 restaurantes, discotecas y karaokes con contrato de pago mensual cuyos costos van desde los Bs 150. Sin embargo, de esa cantidad solo una veintena corresponden al rubro de diversión nocturna (karaokes y discotecas). También están inmersos los salones de eventos que cancelan por día de fiesta unos Bs 150.
Remarcó que la música es libre cuando se la utiliza para una fiesta en un domicilio sin cobro de entradas. También suele haber confusiones con las plataformas en internet como Spotify o Apple Music que también prohíben el uso de su música para uso comercial.
¿Más conciencia o más control?
“Chuquisaca es uno de los departamentos que tiene la recaudación más baja del país de derechos de autor en comparación con lo que es Cochabamba, Oruro, La Paz y Santa Cruz”, revela el Director General Administrativo de Sobodaycom.
De lo recaudado en el país durante 2018 (Bs 6.244.884) en las siete filiales de Sobodaycom, Chuquisaca solo obtuvo un 2% (Bs 125.776). No hay filiales en Beni y Pando.
La institución ve que todavía hace falta concientización para el cumplimiento de la ley. Algunos municipios cuentan con leyes para el derecho de autor; Sucre no cuenta con ello. En Bolivia los departamentos que más cumplen con el pago son Santa Cruz y La Paz.
Controlar este aspecto “es un tema muy complejo porque es intangible, pensamos que la música es gratis, que es como el aire, pero en realidad tiene un dueño”.
De hecho, se conoció que están próximos a dar curso a procesos civiles contra dos discotecas de Sucre frente a la negativa de pagos.
Recaudaciones 2018
La Paz Bs 3.241.604
Santa Cruz Bs 1.475.086
Cochabamba Bs 651.163
Oruro Bs 352.964
Potosí Bs 249.270
Tarija Bs 179.020
Chuquisaca Bs 125.776
¿Quiénes pagan?
1. Eventos sociales y/o fiestas familiares (fuera del domicilio).
2. Eventos especiales.
3. Eventos sin cobro de entradas.
4. Entradas folclóricas, carnavaleras y otras similares.
5. Eventos con venta de entradas.
6. Peñas, discotecas, karaokes, pubs, café pubs y otros similares.
7. Whiskerías, bares, clubes nocturnos y similares.
8. Restaurantes, cafés, heladerías, pizzerías y similares.
9. Supermercados, centros comerciales y similares.
10. Establecimientos de entretenimiento (sin ningún servicio extra como restaurantes).
11. Gimnasios, saunas piscina, resort, parques acuáticos o similares.
12. Centros de estética, salones de belleza, spa, clínicas, consultorios, centros médicos privados, farmacias.
13. Moteles (pago anual)
14. Establecimientos de juego y otros.
15. Establecimientos de servicios fúnebres y similares.
16. Entidades financieras.
17. Establecimientos de hospedajes.
18. Ferias.
19. Transmisión pública televisión abierta.
20. Transmisión pública televisión por cable.
21. Transmisión pública radioemisoras
22. Servicios en telefonía móvil
23. Tarifas de sincronización
24. Tarifas de fonomecánicos
25. Radios online
26. Activaciones
27. Academias de danza y de música y similares
28. Estaciones de servicio
29. Circos y parques de diversión
30. Camiones publicitarios
31. Patio de comidas, food trucks o similares
32. Ópticas, aseguradoras, agencias de viaje, centros de nutrición y bienestar u otros de análogos.
(Fuente: Sobodaycom Chuquisaca)