TSE: No se necesita certificado de sufragio para Bono contra el Hambre
El Tribunal Supremo Electoral tomó la determinación
El Tribunal Supremo Electoral determinó que para el cobro del Bono contra el Hambre, que se paga desde ayer en todo el país, los beneficiarios no necesitan presentar el certificado de sufragio en las entidades financieras.
El comunicado oficial fue difundido en las redes sociales de la institución.
Esta mañana, la viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza, había informado que realizaban gestiones ante el TSE para que las entidades financieras no exigieran el certificado de sufragio de las elecciones generales de octubre.
El TSE ya dispuso, a través de una resolución, que los bancos no exijan de forma obligatoria la presentación del certificado de sufragio a las personas mayores de 60 años por razones excepcionales vinculadas con la pandemia del coronavirus.
El Bono contra el Hambre alcanza a las personas que tengan entre 18 y 59 años y que sean.
- Mujeres que actualmente perciben el Bono Juana Azurduy.
- Personas con discapacidad visual que reciben el Bono de Indigencia registradas en el Instituto Boliviano de la Ceguera.
- Personas con discapacidad grave o muy grave registradas en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de las Personas con Discapacidad.
- Beneficiarios del Bono Universal, incluidas las personas que no recibieron ningún tipo de remuneración salarial del sector público o privado a la fecha de promulgación de la Ley N° 1330.
- Y, asegurados independientes en el Sistema Integral de Pensiones.