Fallo constitucional deja en suspenso litigio jurídico entre Fancesa y Soboce

Instituciones de Sucre evaluarán la resolución y el lunes asumirán determinaciones

La vigilia del viernes en inmediaciones del Tribunal Constitucional Plurinacional. La vigilia del viernes en inmediaciones del Tribunal Constitucional Plurinacional. Foto: Correo del Sur

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Economía / 01/06/2025 11:14

La Sala Constitucional Segunda de La Paz declaró procedente el Amparo Constitucional interpuesto por Soboce, lo que deja sin efecto, al menos por el momento, una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que le imponía la obligación de pagar a Fancesa más de Bs 744 millones por competencia desleal. Este nuevo giro en el proceso todavía no es definitivo, ya que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) deberá pronunciarse en última instancia.

De acuerdo con el procedimiento legal, una vez emitido el fallo, el expediente del caso debe retornar a la Sala Civil del TSJ, donde se realizará un nuevo sorteo para su resolución en función a los argumentos establecidos en la audiencia del viernes. El plazo para emitir una nueva decisión será de 30 días, salvo que la Sala Constitucional haya fijado un plazo diferente en su resolución.

Paralelamente, la resolución será revisada por el TCP que, en aplicación del principio de prelación, deberá pronunciarse sobre el fondo del caso mediante una sentencia que confirme o revoque la decisión adoptada por la Sala Constitucional de La Paz. En definitiva, la última palabra la tendrá una de las cuatro salas del TCP con sede en Sucre.

EL FALLO

La audiencia, que comenzó alrededor de las 8:45 del viernes y se prolongó por unas diez horas hasta las 17:45, fue conducida por los vocales René Delgado Ecos y José Sáenz Paz. Al finalizar, determinó dejar sin efecto el auto Supremo del TSJ que ordenaba a Soboce el pago de 744 millones de bolivianos a Fancesa, en el marco de un proceso por competencia desleal.

Asimismo, instruyó a la Sala Civil del TSJ emitir una nueva resolución, esta vez considerando los argumentos presentados durante la audiencia de acción de amparo, y cumpliendo con los plazos procesales establecidos.

REACCIONES

Las instituciones chuquisaqueñas y las copropietarias de la fábrica expresaron su rechazo a esa decisión judicial. Anunciaron que, en una primera instancia, realizarán una evaluación jurídica del fallo, con especial atención a la actuación de los dos vocales responsables. Asimismo, no descartan asumir medidas de presión como marchas, vigilias e incluso a un cabildo. El rector de la Universidad San Francisco Xavier, Walter Arízaga, calificó el fallo judicial como una “barbaridad” y puso en duda la legalidad de las actuaciones de los vocales que emitieron la resolución.

“Han tergiversado los hechos de manera flagrante. Pese a contar con pruebas contundentes, enviaron nuevamente el caso al Tribunal Supremo de Justicia. Esto demuestra que hay jueces que no deberían estar en el sistema judicial”, afirmó Arízaga al referirse a la actuación de los dos vocales constitucionales.

Adelantó que el lunes se convocará a una reunión con los equipos jurídicos de las copropietarias de Fancesa para evaluar acciones legales, que podrían incluir denuncias contra los dos vocales y la solicitud de complementación y enmienda del fallo.

De su lado, el presidente del Directorio de Fancesa, Guido Calvo, coincidió en que el fallo fue emitido con “excesos” por parte de los vocales, quienes habrían concedido beneficios a Soboce que ni siquiera estaban en su demanda original.

“Estamos evaluando acciones legales en contra de estos vocales. Han ignorado principios jurídicos fundamentales y se han atrevido incluso a reabrir actuados que ya habían precluido”, explicó.

Calvo también cuestionó posibles influencias externas en la decisión judicial, mientras que el procurador general del Estado, Ricardo Condori, manifestó su asombro y disconformidad con la decisión judicial y lamentó que los vocales hayan extralimitado en sus consideraciones al tomar en cuenta en su resolución elementos de “cosa juzgada” y fallar “ultra petita”, más allá de lo que pidieron los accionantes.

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