Banca tiene luz verde para reprogramación de deudas

La medida fue impulsada por la Confederación de Choferes de Bolivia

ALCANCE. La medida aplica para prestatarios con dificultades comprobadas para cumplir pagos. ALCANCE. La medida aplica para prestatarios con dificultades comprobadas para cumplir pagos. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR
Economía / 11/06/2025 00:22

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió la circular 01614/2025, una medida que permitirá el refinanciamiento o reprogramación de deudas para prestatarios afectados por la crisis económica, los conflictos sociales y, de manera particular, la escasez de combustible.

Esta gestión fue impulsada por la Confederación de Choferes de Bolivia, que desde el año pasado viene denunciando las severas dificultades que enfrenta el sector.

La nueva circular de la ASFI instruye a todas las entidades financieras aceptar las solicitudes de refinanciamiento y reprogramación de pagos, especialmente de transportistas y otros sectores que han visto mermados sus ingresos y capacidad de pago. 

“Como transporte consideramos que estamos haciendo algo por nuestra población", afirmó Wilson Magne, dirigente del sector, a Correo del Sur Radio, quien también mencionó que el objetivo es “arrancarle a nuestro Gobierno y a la ASFI de que exista una condonación de intereses”.

¿A QUIÉNES BENEFICIA?

La normativa indica que la atención y análisis de las solicitudes debe realizarse “evaluando a los prestatarios de manera individual, en función a una valoración particular de cada caso, considerando su situación actual y las perspectivas futuras de sus actividades”.

Es decir, las entidades financieras harán una evaluación individual de cada caso, que incluye “periodos de gracia y prórroga” en los cuales “el deudor no tiene que efectuar pagos a capital ni intereses”.

“Las mencionadas solicitudes de refinanciamientos y/o reprogramaciones, podrán contemplar la inclusión de periodos de gracia y/o prórroga, tiempo en el cual, el deudor no tiene que efectuar pagos a capital ni intereses, así como otros mecanismos favorables necesarios que faciliten las condiciones, mejoren el acceso a soluciones ajustadas a las características del crédito y a la situación particular de cada prestatario”, reseña la resolución.

En ese contexto, la ASFI puntualizó que se debe “tomar en cuenta además, que la reprogramación bajo estos términos, no implica el cambio de calificación del deudor a una categoría de mayor riesgo”.

En el documento también se establece que la atención de las solicitudes “no debe exceder los 30 días calendario” con un trato equitativo, sin discriminación y tomando en cuenta las condiciones económicas de los prestatarios.

Además, se dispone que las entidades deben otorgar “información fidedigna, comprensible, oportuna y accesible, sobre las características y condiciones de los refinanciamientos y reprogramaciones”.

“La Gerencia General de las citadas entidades, es responsable de hacer cumplir la presente instrucción, aspecto sobre el cual, ASFI efectuará el respectivo control en sus tareas de supervisión”, se lee en la parte final del documento.

La disposición surge en un escenario de desaceleración económica y presiones financieras en sectores clave. Es la primera vez que la ASFI emite una instrucción tan específica para proteger a los deudores.

TÉRMINOS

Reprogramación. Es un acuerdo o convenio que permite modificar las condiciones de un crédito, generalmente extendiendo el plazo de pago para reducir las cuotas mensuales. Esto se realiza cuando un prestatario tiene dificultades para cumplir con sus obligaciones financieras. 

Refinanciamiento. Implica cancelar un crédito existente con un nuevo préstamo, que puede incluir un monto adicional a la operación original. El refinanciamiento se considera válido cuando la capacidad de pago del prestatario no se ve afectada y no se encuentra en mora. 

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