Ajuste solo cubre el 9,36% del precio real de las obras
El sector de la construcción atraviesa una coyuntura crítica. La escasez de diésel, la falta de dólares y el encarecimiento constante de insumos han elevado considerablemente los costos de obras públicas.
El sector de la construcción atraviesa una coyuntura crítica. La escasez de diésel, la falta de dólares y el encarecimiento constante de insumos han elevado considerablemente los costos de obras públicas. Sin embargo, el Decreto Supremo 5321, emitido por el Gobierno para autorizar reajustes de precios, solo permite cubrir un 9,36% del costo total de una obra tipo, lo que según expertos del sector es completamente insuficiente.
“El decreto solo reajusta precios de materiales importados, que en una obra común representan el 26% del rubro de materiales. Pero los materiales, en promedio, apenas significan el 36% del total de la estructura de costos de una obra. Al hacer el cruce de datos, el decreto solo permite ajustar un 9,36% del total”, explicó Luis Alberto Soliz, asesor técnico de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB) en Santa Cruz, en entrevista con El Deber.
El resto —que incluye mano de obra, insumos nacionales, maquinaria local y gastos generales como traslados, campamentos y personal técnico— queda fuera del alcance del decreto. Para Soliz, esto rompe el equilibrio económico de los contratos, firmados con precios que ya no se sostienen en el contexto actual.
“Una empresa no puede seguir sacando plata de su patrimonio para cumplir un contrato con el Estado. Es un escenario insostenible”, advirtió.
CONTRATOS RESCINDIDOS
El efecto ya es visible. Varias empresas están optando por rescindir contratos antes que continuar con pérdidas, aun cuando eso signifique perder las garantías bancarias depositadas. Otras, directamente, no se presentan a nuevas licitaciones públicas porque no hay certeza de que se reconozcan ajustes en el futuro.
Soliz explicó que el Decreto Supremo 5321 tiene vigencia solo hasta octubre de 2025 y no cubre nuevos contratos. La normativa vigente para contrataciones estatales, el DS 181, prohíbe el reajuste de precios. “Esto está paralizando proyectos, o dejándolos a mitad de camino”, dijo.
Soliz recordó que en la década de los 80, durante la hiperinflación, el Estado implementó un sistema de reajuste basado en fórmulas polinómicas, con 12 o 13 materiales representativos que permitían actualizar los precios de forma más integral y realista. “Ese sistema permitió seguir construyendo a pesar del 24.000% de inflación anual”, apuntó.