Gobierno activa medidas de apoyo al sector privado

El ministro José Gabriel Espinoza explicó que son “beneficios” para aliviar la carga que representa el incremento del salario mínimo

ALGUNAS MEDIDAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO DE EMERGENCIA ECONÓMICA ALGUNAS MEDIDAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO DE EMERGENCIA ECONÓMICA Foto: Decreto Supremo 5503

Sucre/CORREO DEL SUR
Economía / 19/12/2025 03:50

A través del Decreto Supremo 5503 que aprobó el miércoles, el Gobierno activó un perdonazo tributario, liberó las exportaciones y anuló el “certificado de abastecimiento interno”.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, José Gabriel Espinoza, detalló los beneficios que ahora rigen para aliviar la carga que representa, por ejemplo, el incremento del salario mínimo nacional a Bs 3.300.

“Estamos permitiendo un perdonazo impositivo, todas aquellas deudas tributarias hasta el 31 de octubre de 2025, hoy, tanto las multas como los intereses, son condonados”, indicó la autoridad a Unitel al añadir que “se van a poder pagar con planes de pago”.

En el caso de los aranceles y otros gravámenes aduaneros, “se va a permitir planes de pago de hasta 36 meses, esto significa que el pequeño importador, el pequeño emprendedor va a poder pagar en cuotas”.

“Ese arancel no necesita una gran cantidad de dinero al inicio para poder traer su maquinaria, sus elementos para invertir”, dijo.

Espinoza además puntualizó que “se ha eliminado la lista de precios justos para los productos agropecuarios”.

Por lo tanto, “se permite la libre exportación, pero también se asegura que en el mercado interno exista abastecimiento”.

El artículo 51 de la citada norma establece que “se deja sin efecto la exigencia del Certificado de Abastecimiento Interno y Precio Justo como requisito previo para el despacho de exportación ante la Aduana Nacional, quedando plenamente restablecido el principio de libertad de exportación establecido en la normativa vigente. (Exportación de maíz, sorgo, azúcar y carne) (Sic)”.

Además, se añade que “el Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua reglamentará el mecanismo para garantizar el abastecimiento interno mediante la implementación del Certificado de Abastecimiento Interno, asegurando que este procedimiento no implique regulación, ni fijación de precios, sino únicamente el monitoreo y verificación del suministro suficiente para el mercado nacional”.

“Es decir, se están liberando las fuerzas productivas”, explicó el ministro de Economía. Además, dijo que se “está creando un régimen especial de inversiones con protección de inversiones, estabilidad jurídica, estabilidad normativa”.

También indicó que “cada nueva contratación que se haga por el lado del sector privado va a gozar de la posibilidad de que el costo salarial asociado a los aportes patronales, a los costos salariales, sea descontado de los impuestos”. Pero además destacó que rige “un silencio positivo”, que se aplica cuando los trámites no avanzan.

“Cuando el Estado no te responde en un plazo adecuado se da por hecho tu trámite, se da por hecho la licencia, se otorgan los requisitos”, señaló.

“Es decir, se está facilitando la inversión, el emprendimiento de una manera significativa en la economía”, ponderó Espinoza.

Se amplía la descarga del IVA para independientes

Entre las disposiciones emitidas el miércoles por el Gobierno destaca una reforma al sistema impositivo que beneficia a los profesionales independientes en la descarga íntegra del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Según el ministro de Economía, José Gabriel Espinoza, el esquema tributario vigente se había tornado excesivamente extractivo para este sector, restringiendo la aceptación de facturas que permitían la descarga del crédito fiscal. “El sistema impositivo que enfrentaban los profesionales independientes se había vuelto extractivo de los recursos. Dejaron de aceptarte facturas, incluso de colegios; hoy eso se elimina. Los profesionales independientes pueden presentar cualquier factura para descargarse el IVA”, afirmó. El Art. 34 de la norma prevé la descarga íntegra del crédito fiscal del IVA para profesionales independientes. Según el texto, las personas naturales que ejerzan profesiones liberales, oficios u otras actividades independientes, sujetas al pago del IVA y del Régimen Complementario al IVA (RC-IVA), podrán descargar íntegramente el crédito fiscal contenido en facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, siempre que estos correspondan a gastos personales y/o vinculados al ejercicio de la actividad profesional.

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