Gobierno declara emergencia energética y social en el país
Decreto autoriza la importación privada de derivados del petróleo
Con el Decreto Supremo N° 5517 recién promulgado, el Gobierno declaró “emergencia energética y social” en todo el territorio nacional. La medida fue emitida por el presidente Rodrigo Paz y responde a la compleja situación que enfrenta el país: inflación, escasez de dólares y desabastecimiento de combustible.
“Se declara la Emergencia Energética y Social en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, ante el proceso inflacionario que vive el país, y la escasez de dólares y combustibles”, dice textualmente el artículo 2.
El nuevo decreto, aprobado el martes pasado, reconoce que el país enfrenta una crisis económica, financiera y social de carácter estructural, reflejada en el desabastecimiento de combustibles, el incremento de costos logísticos y la paralización de actividades productivas en distintos sectores.
Este escenario tuvo un impacto directo en el costo de vida de la población y en el normal funcionamiento de la economía nacional.
OTRAS MEDIDAS
Entre las principales medidas, el decreto autoriza de manera excepcional y temporal la importación, venta y comercialización de combustibles por parte de personas naturales o jurídicas privadas, a precio de importación o preterminal, con el objetivo de garantizar el abastecimiento tanto en áreas urbanas como rurales.
“Se autoriza a cualquier persona natural o jurídica privada la importación, venta y comercialización de productos derivados de petróleo a Precio de Importación y/o Pre-Terminal (a la entrada de una Terminal de Almacenamiento) siempre y cuando cuente con capacidad de almacenaje propia o alquilada, en el marco del libre acceso no discriminatorio”, explica el artículo 4.
Asimismo, se dispone la suspensión temporal del diésel de la lista de sustancias controladas por un periodo de un año, buscando facilitar su importación y asegurar el suministro para el transporte, la producción, la agroindustria y otros sectores estratégicos del país.
“La suspensión tendrá una vigencia temporal de un (1) año, a partir de la aprobación de la Resolución Administrativa de la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH que adecue los procedimientos de importación. Vencido el plazo establecido en el Parágrafo precedente, la partida arancelaria se reincorporará automáticamente a la lista de sustancias controladas, salvo disposición normativa posterior que establezca su prórroga o modificación”, indica el artículo 5 en su parágrafo III y IV.
El Gobierno señaló que estas medidas tienen un carácter excepcional, inmediato y transitorio. En la resolución, indica que estas medidas están orientadas a reactivar el aparato productivo nacional, reducir los efectos de la crisis energética y devolver certidumbre a la población boliviana frente al complejo contexto económico actual.