Saavedra y la Primera Junta

El alzamiento del 25 de mayo de 1810 fue una consecuencia lógica de un proceso que había comenzado ya en 1808.

Monumento a Cornelio Saavedra en Betanzos

Monumento a Cornelio Saavedra en Betanzos Foto: SIHP

Primera Junta de Gobierno de Argentina, cuadro de Francisco Fortuny. Los tres primeros de la izquierda son Manuel Belgrano, Juan José Castelli y Cornelio Saavedra.

Primera Junta de Gobierno de Argentina, cuadro de Francisco Fortuny. Los tres primeros de la izquierda son Manuel Belgrano, Juan José Castelli y Cornelio Saavedra. Foto: SIHP

Retrato de Cornelio Saavedra.

Retrato de Cornelio Saavedra. Foto: SIHP


    Juan José Toro Montoya
    Ecos / 13/11/2024 02:53

    El alzamiento del 25 de mayo de 1810 fue una consecuencia lógica de un proceso que había comenzado ya en 1808. Estuvo liderado por Cornelio Saavedra, los tres Juan José (Castelli, Paso y Viamonte), Antonio Luis Beruti, Manuel Belgrano, Mariano Moreno, Nicolás Rodríguez Peña, Hipólito Vieytes, Martín Rodríguez, Eustaquio Díaz Velez, Domingo French y otros. Desconoció la autoridad del Consejo de Regencia y conformó la denominada Junta Provisional Gubernativa de las Provincias del Río de la Plata a nombre del Señor Don Fernando VII.

    Para efectos públicos, esta Junta defendía los derechos de Fernando VII, usurpados en España por el hermano de Napoleón, pero ese era un argumento de orden más bien jurídico porque lo que en verdad pretendía era declarar la independencia del Virreinato del Río de la Plata. El razonamiento apuntaba a que el vínculo entre el virreinato y España era el rey así que, al desaparecer este como figura de autoridad, las provincias del Río de la Plata recuperaban su autonomía. Ese fue el argumento que en enero de 1809 esgrimió Saavedra en su entrevista con Cisneros.

    Como entonces ya estaba en pleno funcionamiento la Imprenta de Niños Expósitos, en Buenos Aires, el bando que disponía las medidas a asumir en lo inmediato fue impreso y lleva este texto:

    “Se dispone por este bando que á los 15 días de instalada la junta, compuesta por don Cornelio de Saavedra, presidente de ella y comandante general de armas, doctor don Juan José Castelli, doctor don Manuel Belgrano, don Miguel Azcuénaga, doctor don Manuel Alberti, don Domingo Matheu, don Juan Larrea, y secretarios doctores don Juan José Passo y don Mariano Moreno, había de marchar una expedición de 500 hombres para auxiliar las provincias interiores, costeada de los sueldos del ex-virrey don Baltasar Hidalgo de Cisneros, tribunal de la real audiencia pretorial y de cuentas, de la renta de tabacos.- Que la referida junta había de prestar juramento de conservar la integridad de este territorio al rey Fernando VII y observar las leyes del reino. Que una vez prestado el juramento, su autoridad superior había de ser respetada y obedecida, bajo las penas que las leyes imponen á los contraventores de sus disposiciones” (ZINNY, 40 y 41).

    Tomar determinaciones como el envío de tropas al interior –los famosos ejércitos auxiliares– no era precisamente labor de una junta que supuestamente tenía carácter provisional y estaba cuidando los derechos de Fernando VII.

    Más aún, un documento del 27 de mayo, apenas dos días después del alzamiento, titulado “Proclama de la junta á los habitantes de la capital y de las provincias de su superior mando” revela que ese organismo dispuso incluso la posesión de nuevas autoridades: 

    “A la tarde la junta tomó juramento en cabildo á los oidores, ministros generales de hacienda y demás jefes y oficiales de la guarnición que los prestaron.

    “juntáronse todas las tropas en la plaza mayor, denominada de la Victoria, y en presencia de la junta prestaron juramento de fidelidad, etc., cuya diligencia se celebró con salvas de artillería y fusilería, y retirada la tropa fue, á la noche, visitada por la junta, en sus cuarteles, en los cuales hubo iluminaciones y música” (Ídem, 44).

    Por eso, en los hechos, la Junta, que después pasó a denominarse la Primera Junta, fue el primer órgano de gobierno de un territorio que se había declarado independiente y mantuvo esa condición de ahí para adelante, aunque con cambios en su denominación y organización política.

    Pese a que la adhesión de Fernando VII era mostrada públicamente, hasta los propios realistas rechazaron las acciones de la Junta, a la que consideraron separatista. No se veía a esa entidad como un organismo de defensa de los derechos del rey suplantado sino como a un órgano que actuaba por su cuenta.

    Casi de inmediato, los gobernadores de Potosí, La Paz y Tucumán y hasta el Presidente de la Audiencia de Charcas solicitaron la intervención del virrey del Perú, José Fernando de Abascal y Sousa. El 13 de julio de 1810, esa autoridad dispuso la anexión de esos territorios al virreinato a su cargo según el bando cuyo resumen es este:

     “DON JOSÉ FERNANDO DE ABASCAL Y SOUSA, &. &. virrey, gobernador y capitán general del Perú, superintendente subdelegado de real hacienda, presidente de la real audiencia de Lima, &, hacer saber, que habiendo solicitado por los más expresivos oficios, el presidente de Charcas, su real audiencia, el arzobispo, el ayuntamiento, la imperial villa de Potosí, la ciudad de la Paz y Córdoba del Tucumán, auxilios para rechazar cualquier hostil empresa de la junta de gobierno de Buenos Aires, declarada agregadas á ese virreinato a las expresadas provincias dependientes de la gobernación del Rio de la Plata, en todos los ramos de hacienda, guerra, política y justicia. 

    “Datado en Lima á 13 de julio de 1810.—Firmado—Jph. Abascal.—Es copia de su original.—Simon Rávago.—“ (Ídem, 53 y 54).

    Consideramos que el documento recién transcrito es doblemente importante ya que, por una parte, prueba el carácter independentista que tuvo, desde el inicio, la Revolución de Mayo y, por otra, es una de las explicaciones por las que, años después, cuando los españoles ya habían sido derrotados y expulsados, se desató la disputa entre Lima y Buenos Aires por el control de los territorios de Charcas. La razón por la que se puso en duda el carácter de la Primera Junta es que, contrariamente a lo que se cree, esta fue resistida en las provincias del interior, tal y como lo prueba el documento supra y, además, surgieron discrepancias al interior del propio movimiento independentista. El 18 de diciembre, la Primera Junta fue reemplazada por la denominada Junta Grande, también presidida por Saavedra, que ya incorporaba a representantes, o diputados, de las provincias del interior que se plegaban al movimiento. Los diputados de Charcas, entre los que estaba el de Potosí, Salvador Matos, no asumieron sus cargos porque fueron impugnados por Castelli.

    Entre las decisiones que tomó esta junta ampliada estuvo la eliminación del tributo indígena, que fue una de las razones para los grandes levantamientos del siglo XVIII, mediante decreto publicado el 1 de septiembre de 1811 •

     

    * Juan José Toro es cronista de ECOS y fundador de la Sociedad de Investigación Histórica de Potosí (SIHP).

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