El Estado reemplazado

En agosto de 1825, la Asamblea General de diputados de las provincias del alto Perú decidió fundar un nuevo Estado, pero… ¿cuál fue la base territorial y jurisdiccional de ese otro país? Conozcamos lo que fue la Audiencia de Charcas.

Así cambió la situación de la Audiencia de Charcas.

Así cambió la situación de la Audiencia de Charcas.

Alcance de la Audiencia de los Charcas.

Alcance de la Audiencia de los Charcas.

Gonzalo Pizarro conquistó el territorio de Charcas.

Gonzalo Pizarro conquistó el territorio de Charcas.

Hubo permanentes pugnas entre españoles.

Hubo permanentes pugnas entre españoles.

Mapa de América del Sur de 1756.

Mapa de América del Sur de 1756.

Pachakuti convirtió su reino en un imperio.

Pachakuti convirtió su reino en un imperio.


    Juan José Toro Montoya (*)
    Ecos / 18/07/2025 10:17

    Conforme al decreto del 9 de febrero de 1825, diputados de las provincias del denominado alto Perú se reunieron en Chuquisaca para “sancionar un régimen de gobierno provisorio, y decidir sobre la suerte y los destinos de estas provincias, como sea más conveniente a sus intereses y felicidad”.

    “Alto Perú” fue un denominativo que surgió durante la Guerra de la Independencia para diferenciar a este territorio del que estaba al norte del río Desaguadero, pero nunca fue su nombre oficial, aunque se lo haya usado con ese carácter en la documentación de la asamblea de 1825 y del Congreso Constituyente de 1826.

    El nombre oficial de este territorio era Audiencia y Chancillería Real de la Plata de los Charcas, aunque frecuentemente se la llamaba “Provincia de los Charcas”. Sus límites y alcances quedaron definidos mediante cédula real del 29 de agosto de 1563, aunque su creación databa de 1551. Estuvo sujeta al Virreinato del Perú hasta 1776, cuando se creó el Virreinato del Río de la Plata y pasó a depender de este último.

    Aunque, puestas así las cosas, parecería que la audiencia se manejó con cierta simplicidad, la verdad es que tanto sus inicios como sus finales fueron complicados. Comenzó con problemas territoriales y terminó de esa manera, así que, en 1825, tanto Perú como Argentina la reclamaban para sí. Por eso es que Sucre supeditó las decisiones de la asamblea: “este arreglo debe ser el resultado de la deliberación de las Provincias y de un convenio entre los Congresos del Perú y el que se forme en el Río de la Plata”.

    Por lo tanto, los diputados tenían dos opciones: votar por ser parte del Perú o de las Provincias Unidas del Río de la Plata, que ya entonces manejaba el nombre de Argentina. Como apostilló José Luis Roca, la decisión fue “ni con Lima ni con Buenos Aires”, así que se decidió conformar un nuevo Estado, que se denominaría República Bolívar. Para ello, se debió sustituir al anterior; es decir, a la Audiencia y Chancillería Real de la Plata de los Charcas.

    SUS ORÍGENES

    La provincia de los Charcas tuvo como base al territorio que los incas denominaban Kollasuyo, o “tierra de los collas”. Se la llamó así debido a que, en su avance desde el Cuzco hacia el sur, invadiendo a sus vecinos y sometiéndolos, primero se encontraron con los collas, que dominaban gran parte de la ribera del Lago Titicaca.

    No existe precisión sobre cuál fue el inca que conquistó el Kollasuyo ya que los cronistas no dan un dato uniforme. Así, Felipe Guamán Poma de Ayala dice que fue Sinchi Roca, quien “fue muy gentilhombre y tenía rostro bravo, morenete, gobernó en el Cuzco y conquistó todos los orejones, y ganó todo Collasuyo, Hatuncolla, Puquinacolla, Pacaje, Quispillactia, Pomacanche, Matun Conde, Collaua Conde, y este dicho Inga mató al primer Inga legítimo”.

    Por su parte, Juan de Betanzos refirió que el invasor del Kollasuyo fue Topa Inca Yupanqui, o Pachakuti, cuyos ejércitos estuvieron liderados por sus hijos Amaro Topa Inca y Paucar Usno. El primero llegó a incendiar poblaciones de los Chichas para vengar la muerte del segundo.

    No solo los collas fueron sometidos en la invasión, sino también otros pueblos como lupacas y pacajes, en el hoy Departamento de La Paz; qaraqaras, chichas, llipis, soras, carancas y chuis en el de Potosí; killakas, entre Potosí y Oruro; Urus, en Oruro; yamparas, en Chuquisaca, y charcas, que ocupaban parte de Potosí, Chuquisaca y Cochabamba.

    Es notable que, pese al nombre que se le puso al Kollasuyo, el de Charcas haya tenido un peso similar. “Iten mandamos que ayga otro Cuzco en Quito, y otro en Tumi, y otro en Guánoco, y otro en Hatuncolla, y otro en los Charcas”, escribió Guamán quien agregó que “el quarto Inga Mayta Cápac (…) fue muy feo hombre de cara y pies y manos, y cuerpo delgadito, friolento, muy apretado; con todo eso bravísimo, melancólico, y conquistó demás que tenía su padre hasta Potosí y Charcas y muchas provincias y pueblos”.

    “Y, como saliese desta mala tierra, vino a dar en una provincia que llaman Chuquisaca, la gente de la cual y redondez de ella era gente belicosa y llamábanse Charcas, y él los sujetó en breve; y, como él los tuviese debajo de su dominio y fuese avisado de su gente de guerra [de] que eran señores que poseían mucha plata, preguntóles que de dónde la habían, y ellos le dijeron que de un cerro que se llamaba Porco la sacaban, y él quiso verlo, y ansí mandó que su gente [se] encaminase para allá. Y, como llegase a do las minas eran, dio la orden que se había de tener en el tributo que de ellas le habían de dar; y, esto ansí hecho, hecha juntar toda la más plata que pudo, se partió de aquella provincia de las Charcas y salió a un sitio do llaman Paria y allí mandó edificar un tambo”, detalló Betanzos.

    Y Porco iba a jugar un papel fundamental en esta historia.

    LA TRAICIÓN

    ¿Por qué la audiencia se llamó Charcas y no Kollasuyo o Collao? La respuesta está en el “Memorial de Charcas”, el documento de 1582 que se conserva en el Archivo General de Indias y fue publicado por Waldemar Espinoza en 1969.

    En ese documento, el cacique principal de Charcas, Fernando Ayavire y Velasco, revela que “mi abuelo llamado Coysara, señor natural que fue de la nación de los Charcas, de 10.000 vasallos, fue uno de los más principales capitanes que los Incas tuvo [sic] en esta tierra y provincia de los Charcas, como es público y notorio. Y cuando los españoles entraron en esta tierra fue uno de los primeros que vino a la obediencia de Su Majestad, y en su real nombre al comendador Hernando Pizarro, y les descubrió las minas de plata que el Inca tenía, que era en el asiento de Porco, donde se labra hasta el día de hoy”.

    Entonces, los españoles llamaron Charcas a la audiencia en agradecimiento a la nación originaria cuyo cacique, Coysara, les entregó el yacimiento de Porco en señal de vasallaje. Y no solo eso, sino que “el dicho mi abuelo llamado Coisara, juntamente con mi padre don Alonso Ayavire, su hijo, como leales vasallos de Su Majestad, fueron a la jornada de Chile en servicio de Su Majestad con los capitanes don Diego de Almagro y Pedro de Valdivia, y con los demás capitanes y soldados de Su Majestad, a la dicha conquista de Chile”.

    Por tanto, el nombre de Charcas fue el precio de una traición.

    LA AUDIENCIA

    En 1551, el Consejo de Indias decidió dividir la Audiencia de Lima tras haber “visto quand larga y gran tierra es la de las provincias del Perú”.

    En ese sentido, en acuerdo del 20 de abril de ese año, expresó que “ha parecido que conviene al servicio de Dios y de V.M. y seguridad de su Real conciencia que se ponga otra audiencia Real en la Villa de La Plata, que es en los Charcas cerca de las minas de Potosí”.

    No obstante, el primer territorio contemplado para la audiencia no tomaba en cuenta a la actual Santa Cruz. El 12 de junio de 1559 se señaló el territorio tomando en cuenta el distrito de Nueva Toledo, además de las Gobernaciones de Chile y Tucumán. El 8 de octubre de 1561, la propia audiencia envió al rey una relación de su “sitio, términos y comarcas” que no solo incluye a Santa Cruz, sino también a Berenguela, Pisco, Aullagas, Atacama y Calchaquí.

    EL “ALTO PERÚ”

    Pero al llegar 1825, los alcances y límites de la Audiencia de Charcas habían cambiado.

    La provincia de Charcas, que durante la guerra comenzó a llamarse “alto Perú”, era extensa, pero, en números, abarcaba solo a cuatro provincias: Charcas, o Chuquisaca; Potosí, La Paz y Santa Cruz.

    El surgimiento de Cochabamba iba a ser una decisión que Antonio José de Sucre tomaría antes de que se reúna la asamblea… mucho antes…

     

    (*) Juan José Toro es fundador de la Sociedad de Investigación Histórica de Potosí (SIHP).

     

      

    Los límites de Charcas

    Esto es lo que dispuso la cédula real del 29 de agosto de 1563:

    "Don Fhelippe, etc. Por quanto al tiempo que mandamos fundar la Audiencia Real de La Plata de las provincias del Perú cometimos al nuestro visorrey y Comisarios de las dichas provincias que señalasen límites y distritos a la dicha Audiencia, los quales se los señalaron.

    Y porque somos informados que estos fueron cortos y que a nuestro servicio y buena governación de aquella tierra conviene que á la dicha Audiencia de los Charcas se le dén más límites, y que estos sean la Governación de Tucumán y Juries y Diaguitas y la provincia de los Mojos y Chunchos y las tierras y pueblos que tiene poblados Andrés Manso y Ñuflo de Chaves, con lo demás que se poblasen en aquellas partes, con la tierra que ay desde la dicha ciudad de La Plata hasta la ciudad del Cuzco, la cual quede subjeta á la dicha Audiencia de los Charcas, porque es notable daño al que á los vezinos y moradores de las dichas provincias y naturales dellas se les sigue aver de yr á la Audiencia de los Reyes á sus pleitos y negocios, y los de Tucumán, Juries y Diaguitas á la Governación de Chile; y que sería más cómodo y combeniente que las dichas provincias estuviesen sujetas á la dicha Audiencia Real de la ciudad de La Plata, ansy por ser camino breve y seguro y hacer sus negocios a menos costa, como por otras causas.

    Y aviendo entendido esto particularmente por personas que an estado en aquella tierra, celosos de nuestro servicio y del bien de los que residen de las dichas provincias, avemos acordado de lo proveer y ordenar ansi, y apartar la dicha Governación de Tucumán, Juries y Diaguitas de la dicha Governación de Chile é yncluirla en el distrito de la dicha Audiencia de los Charcas; y, asimismo, de apartar y dividir al distrito de la dicha Audiencia de los Reyes la dicha provincia de los Mojos y Chunchos y lo que ansi tienen poblado Andrés Manso y Nuflo de Cháves, con lo demás que se poblase en aquellas partes, en toda la tierra que ay de la dicha ciudad de La Plata hasta la ciudad del Cuzco, con sus términos ynclusibes, de manera que la dicha ciudad del Cuzco con sus términos queda subjeta á la dicha Audiencia de los Charcas para que con los límites que el dicho Visorrey y Comisarios señalaron a la dicha Audiencia, lo tenga todo por su distrito y jurisdicción.

    Por ende por la presente declaramos y mandamos que la dicha Gobernación de le Tucumán, Juries y Diaguitas y la provincia de los Mojos y Chunchos y lo que ansi tienen poblado Andrés Manso y Nuflo de Cháves con lo demás que se poblare en aquellas partes, y toda la tierra que ay desde la dicha ciudad de La Plata hasta la del Cuzco con sus términos ynclusibe, y la dicha ciudad del Cuzco, con los suyos, y más los límites que el dicho nuestro Visorrey y Comisarios señalaron a la dicha Audiencia, estén subjetos a ella y no a la Audiencia Real de los Reyes ny al Governador de la dicha provincia de Chile. Y mandamos a los Governadores y Justicias de las dichas tierras y provincias y ciudad del Cuzco y a los Consejos, Justicias, Regidores, Caballeros, Escuderos, Officiales é Homes buenos de todas las ciudades, villas y lugares dellas que todo que por la dicha Audiencia Real de la ciudad de la Plata les fuere mandado, lo obedescan y acaten y cum-plan y executen y hagan cumplir y executar sus mandamientos en todo y por todo según y de la manera que por la dicha Audiencia les fuera mandado, y le den y hagan dar todo el favor y ayuda que les pidiere y menester oviere, sin poner en ello excusa ni dilación alguna ny interponer apelación ni suplicación ni otro pedimento alguno son las penas que les pusieren y mandaren poner, las quales Nos por la presente les ponemos y avemos por puestas, y las damos poder y facultad para las executar en los que, reveldes é ynovedientes fueren, y en sus bienes. Y ansimismo mandamos al nuestro Presiden-te y Oydores de la dicha nuestra Audiencia Real de la ciudad de los Reyes y al nuestro Governador de la dicha provincia de Chile, que de aquí adelante no usen de jurisdicción alguna en las dichas tierras y provincias y Governación y ciudad del Cuzco por quanto nuestra voluntad es que las dichas tierras y provincias y Governación y ciudad sean subjetas a la dicha Audiencia Real de la ciudad de La Plata; y los unos y los otros no fagades ni fagan ende al por alguna manera, so pena de la nuestra merced y de cien mil maravedis para la nuestra Cámara.-

    Dada en Guadalaxara, á 29 de agosto de mil y quinientos sesenta y tres años. YO EL REY. Refrendada de Francisco de Erasso. - Librada del Licenciado don Juan Sarmiento, el Doctor Vazquez, el Licenciado don Gó-mez Çapata, Doctor Francisco Hernández de Liévana, el Licenciado Alonso Muñoz.-"

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