Hospital faltó a sentencia que permite casos de aborto

La mujer llevó un embarazo de alto riesgo por más de cinco meses

TEZANOS. La Defensoría del Pueblo emitió un comunicado sobre el caso. TEZANOS. La Defensoría del Pueblo emitió un comunicado sobre el caso.

Alina Cuentas Cedro
Local / 21/07/2018 06:58

La solicitud de una mujer gestante de interrumpir un embarazo de alto riesgo no fue atendida de acuerdo con el mandato de la sentencia constitucional Nº 206/2014 que consiente la intervención en caso de riesgo para la salud o vida de la madre, entre otras causales.

La Defensoría del Pueblo acompaña la denuncia y después de una investigación podría determinar responsabilidades para profesionales médicos del nosocomio Jaime Mendoza. “Estaríamos concluyéndolo en el mes de agosto”, anunció ayer, en Sucre, el representante de la institución, David Tezanos, respecto al informe final del caso.

En su denuncia la gestante manifestó que los médicos le indicaron que el ser en gestación no tenía probabilidades de vivir y que en cualquier momento moriría, conclusión a la cual llegaron luego de diez días de internación; la mujer tenía más de cinco meses de embarazo.

Al conocer el diagnóstico la peticionaria y su esposo solicitaron la interrupción del embarazo. “La situación se habría complicado cuando el ginecólogo del nosocomio se negó a realizar el procedimiento y convocó a una junta médica que determinó que para la interrupción del embarazo requerían de una autorización judicial”, según el comunicado de la Defensoría. “El continuar esperando ponía en riesgo su vida, debido a que el bebé podía morir en su vientre y producirse una infección”, añade.

Finalmente la interrupción se realizó en otro hospital “en aplicación del Reglamento Técnico de aplicación de la Sentencia Constitucional 206/2014 en los Centros de Salud Pública, aprobado por el Ministerio de Salud, que regula la prestación en los servicios de salud de la interrupción legal y segura del embarazo, para garantizar el derecho de las mujeres al acceso a servicios, oportunos y de calidad”, continua el comunicado. La complicación del embarazo se debió a una anencefalia, una malformación congénita en la cabeza de la criatura.

El director del hospital, Jorge Marañón, que no procedió con la interrupción del embarazo manifestó que se espera el informe del jefe de servicio, sobre el caso específico. Éste será remitido en respuesta a una solicitud de la Defensoría del Pueblo que llegó esta semana al nosocomio.

Medios difundirán material sobre Derechos Humanos

Dos medios de comunicación firmaron un convenio interinstitucional con la Defensoría del Pueblo para producir y difundir contenidos relacionados con los derechos humanos. “Tendría que ser un ejemplo, una semilla para trabajar con otros medios de comunicación para difundir campañas con contenidos afirmativos, positivos”, dijo el representante nacional de la Defensoría, David Tezanos.

Fundación Aclo y la Red de Radios CEPRA brindarán servicios de coproducción y espacio una vez a la semana a la Defensoría del Pueblo, asimismo, ejecutarán campañas de comunicación, información y sensibilización de los derechos humanos individuales y colectivos reconocidos por la Constitución, las leyes y los Instrumentos Internacionales.

Roxana Dulón, directora de la Fundación Aclo, y Arturo Cruz, director de la Red Cepra, resaltaron la importancia del convenio. “Hoy el estado plurinacional necesita socializar”, afirmó Cruz.

Normativa boliviana

Procede

• Si se ha producido un embarazo a partir de un delito de violación, la víctima puede, en caso de que así lo desee, hacer la Interrupción Legal del Embarazo ILE en un centro de salud público o privado, presentando únicamente la copia de la denuncia de violación.

• Si el embarazo genera riesgo para la salud o la vida de la mujer, sólo será necesaria la valoración del médico o servidor de salud y el consentimiento de la mujer para realizar la ILE.

Fuente: Boletín CIES

 

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