Razas peligrosas: Aún no se aplica la Ley para su tenencia
Zoonosis señala a la Policía y ésta responde que hay una serie de vacíos en la disposición
A casi cinco años de su promulgación, la Ley 553 que regula la tenencia de canes de razas peligrosas aún no se aplica en Sucre. La Alcaldía señala a la Policía y ésta a su vez espera que instancias nacionales remitan formularios para tramitar las autorizaciones. Mientras tanto, a diario, varios propietarios ponen en constante riesgo a la población.
La tenencia de canes de razas peligrosas, 11 consideradas por la Ley 553, está permitida en Bolivia, sin embargo los dueños de estos perros deben enmarcarse a la normativa que les exige una licencia y un seguro obligatorio, además establece medidas de seguridad para la circulación de estos animales.
El director del Centro Municipal de Zoonosis, Carlos Téllez, señaló a la Policía como la encargada de iniciar el trámite para la tenencia; a su turno el director de la Policía Forestal y Preservación del Medio Ambiente (POFOMA), mayor Rubén Díaz, lamentó la ambigüedad de la normativa.
A decir de Díaz, la Dirección Nacional de POFOMA debe elaborar y enviar formularios policiales para tramitar las autorizaciones, pero antes debe realizarse un proceso de socialización de la normativa que “continúa en proceso de implementación”.
El pasado domingo, en el parque Bolívar, un can de raza pitbull atacó a un caballo cuya caída provocó lesiones a dos personas.
Por no tratarse de un ataque directo a un ser humano, la Alcaldía espera la denuncia de parte de los propietarios del caballo. Mientras, el can fue trasladado a dependencias de POFOMA.
Trámite
Según indica la Ley 553, cualquier persona que tenga un can peligroso debe realizar el trámite de autorización, registro y licencia ante la Policía y la Alcaldía.
Según el artículo 8, el trámite se inicia en la Policía Boliviana (aunque no especifica en qué repartición), allí los propietarios deben acreditar su mayoría de edad y presentar documentos como el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) entre otros que una vez revisados son remitidos a la Alcaldía.
Un requisito imprescindible para que la Alcaldía registre a los canes de razas peligrosas es su esterilización; la Comuna además exige otros documentos como la adquisición de un seguro obligatorio de responsabilidad civil por daños a terceros.
Si es que el propietario cumple con los requisitos se le otorga la licencia que tiene un periodo de validez de dos años. Al otorgarse la licencia se implanta un microchip subcutáneo de identificación del can. La Alcaldía ya cuenta con estos dispositivos.