Al menos 7 obras públicas llevan el nombre de Evo
Ley y ordenanza prohíben que infraestructuras lleven nombres de personas vivas

Al menos siete infraestructuras públicas en Sucre llevan el nombre del expresidente Evo Morales, a pesar de que una ley prohíbe denominarlas con nombres de personas vivas.
Las siete infraestructuras se construyeron con recursos económicos estatales, la mayoría mediante el programa “Bolivia cambia, Evo cumple” de la Unidad de Proyectos Especiales (UPRE) y contrapartes locales, en cuya elaboración del proyecto se colocó el nombre del expresidente, en muchos casos sin consultar a los vecinos o sectores beneficiarios.
Uno de los primeros proyectos en Sucre al que se le puso el nombre del expresidente fue el mercado construido el 2012 en el barrio Villa Copacabana, zona Rumi Rumi.
Al otro extremo de la ciudad, la avenida que discurre entre las zonas de Villa Armonía y Alegría, que antes se denominaba Atahuallpa, fue cambiada por la Alcaldía a Evo Morales, cuando ejecutó el proyecto de pavimento rígido, en 2012.
Durante el último quinquenio, la UPRE con contraparte de la Gobernación construyó en Sucre varios coliseos deportivos, a cuatro le puso en el proyecto el nombre de Evo Morales. El primero está ubicado en el barrio El Progreso, zona Alto Sucre, distrito 3; el segundo en la zona de Lajatambo, distrito 3; el tercero en la zona de Rumi Rumi, distrito 5, y el cuarto en el barrio Mesa Verde, distrito 2.
En el caso del coliseo en Mesa Verde, muchos vecinos solicitaron que lleve el nombre del barrio, sin embargo la Gobernación impuso la denominación.
El 2018, la UPRE, con contraparte de la Gobernación, construyó una unidad educativa en el barrio Nuevos Horizontes, zona Rumi Rumi, al lado de la casa del gobernador Esteban Urquizu, y la denominó Evo Morales.
LA NORMATIVA
La Ley Nº 7 de Monumentos, sancionada el 7 de octubre de 1941, en el gobierno del presidente Enrique Peñaranda establece que los monumentos que se erigieren en cualquier punto del país o fuera de él con fondos nacionales, para perpetuar el recuerdo de algún personaje o acontecimiento histórico debe aprobarse bajo una ley especial y aclara que serán acreedores a este homenaje, únicamente los personajes fallecidos.
“Queda absolutamente prohibido denominar provincias, poblaciones, colonias, escuelas, puertos, caminos, puentes, estaciones ferrocarrileras, plazas, avenidas, calles y estacionamientos o lugares públicos de cualquier clase que sean, dependientes del Estado o de las municipalidades con nombres de personas vivas, por muy eminentes que fuesen sus servicios prestados al país o alguna localidad”, señala el artículo 5 de la Ley de Monumentos.
Asimismo, la Ordenanza 133/05 aprobada por el Concejo Municipal en septiembre de 2005 define el reglamento de nominación de espacios y áreas públicas, establecimientos de salud y educación.
“Las juventudes estamos de acuerdo que se cambien de nombre”, señaló el representante de la organización Juventud Democrática de Charcas, Miguel Vedia.
Al respecto, el presidente de la dirección municipal del MAS, Gumercindo Durán, rechazó esa intención.
“Eso no vamos a permitir, porque están avasallando al final de cuentas, en el partido no vamos a permitir esa parte”, señaló.