Senapi busca modificar Ley de Derecho de Autor
Beneficiarios sugirieron, entre otros aspectos, incluir el tema en la educación
PROPUESTA. Actores y el Director de Derechos de Autor (c) tras la reunión de ayer. Foto: Mariana Calizaya El Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (Senapi) apunta a modificar la Ley 1322 de Derecho de Autor promulgada en 1992, en busca de facilitar al artista, vivir de su arte. Con este motivo, la institución se reunió ayer con los interesados en registrar sus creaciones intelectuales para trabajar en el documento base con sus necesidades y observaciones.
Luego de visitar Santa Cruz, La Paz, Oruro, Tarija y Cochabamba, el director de Derechos de Autor y Derechos Conexos del Senapi, Francisco Bueno, dirigió la reunión en Sucre a la que asistieron pocos artistas.
Bueno comentó a CORREO DEL SUR que se busca ampliar y actualizar la Ley 1322 que brinde a los artistas la posibilidad de que puedan vivir de su arte con apertura a mercados digitales, actualización de sus derechos, derechos morales y actuación de gestión colectiva, entre otras.
“Es una ley muy básica que simplemente declara algunos derechos que tienen los autores sin entrar en temas comerciales, solo tienen cuatro contratos; los derechos morales, artesanía y folclore apenas están contemplados, entonces tenemos que ampliarla básicamente”, indicó.
Entre sus deficiencias se encuentran la ausencia de derechos digitales y comercio digital, que no estén contempladas todas las formas de arte, la falta de creación colectiva ni culturas vivas, continuó.
Son diez mesas de trabajo en las que se prevé analizar diferentes aspectos que facilitarán la elaboración de las modificaciones a esta ley, promulgada el 13 de abril de 1992 durante la presidencia de Jaime Paz Zamora.
En Sucre, estos aspectos se trabajarán entre febrero y abril, para lo cual se espera una amplia participación de beneficiarios. Una vez concluido el trabajo se centrará la información de todas las propuestas a nivel nacional para formular un trabajo final.
Entre las sugerencias de los asistentes para la modificación de la Ley 1322 están la inclusión de temas relacionados a derecho de autor en el sistema educativo, estudios sociológicos e investigación y otros. Tampoco dudaron en exponer sus preocupaciones y necesidades para que se regulen.
Ley 1322
Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y se reputan de interés social, regulan el régimen de protección del derecho de los autores sobre las obras del ingenio de carácter original, sean de índole literaria, artística o científica y los derechos conexos que ella determina.
Mesas propuesta
• Dominio público folclore y artesanía.
• Saberes y creaciones colectivas y cultura viva.
• Industrias culturales.
• Contratos en el derecho de autor.
• Economía en el derecho de autor y economía creativa.
• Derecho moral y derechos de autor.
• Ley y los aspectos administrativos.
• Ley y los aspectos penales del derecho de autor.
• Nuevas formas de arte en el derecho de autor.
• Derecho de autor y entorno digital.