Prohibición de strippers no figura en ley municipal
La Ley marco de regulación del Carnaval en el Municipio de Sucre 106/2018 no específica la prohibición de shows de strippers en Jueves de Comadres, afirman desde el Concejo Municipal y según se advierte en una revisión de la normativa.
La Ley marco de regulación del Carnaval en el Municipio de Sucre 106/2018 no específica la prohibición de shows de strippers en Jueves de Comadres, afirman desde el Concejo Municipal y según se advierte en una revisión de la normativa.
Un grupo de abogados analiza las bases para presentar una demanda constitucional contra el Gobierno municipal por censurar los espectáculos de strippers en Jueves de Comadres. El concejal Santiago Vargas comentó que “particularmente el Gobierno municipal en la ley 106/18, en la Ley de Carnavales y su reglamento correspondiente, no establece de manera clara” esta prohibición.
Anunció que en el Legislativo se analizó este tema desde el punto de vista legal y desde la moralidad. Sugieren regular la reglamentación determinando estos temas para los días de Carnaval que comenzarían en Jueves de Compadres hasta el viernes después del Martes de Ch’alla considerando que la fiesta continúa en la capital.
El asesor de la Comisión Social del Concejo, Álvaro Ríos, recordó que la polémica se arrastra desde la gestión de Iván Arciénega, en la que también hubo prohibiciones y restricciones. No obstante, aclaró que desde el Concejo Municipal no se emitió ningún instrumento normativo para prohibir strippers en Comadres, sino que se elaboró una legislación integral y general respecto al Carnaval, “pero no así de manera específica con relación al día de las Comadres”, explicó.
Ríos informó que se solicitó al Ejecutivo una petición de informe sobre el Carnaval y en la ampliación se espera tener más datos sobre el polémico tema.
Consultado, el director de Seguridad Ciudadana, coronel José Luis Assaf, no quiso “adelantar criterios” hasta conocer la demanda constitucional.
No obstante, dijo que esta prohibición se basa en el artículo 4 de la ley municipal y en su reglamentación.
El Artículo 4 señala que el Ejecutivo debe “coordinar con las diferentes instituciones con el fin de realizar los festejos del Carnaval Tradicional de Sucre, según plan y cronograma de actividades”.
En el inciso IV del artículo 9 del reglamento (fiestas, kermesses y actividades precarnavaleras) se habla de este tema: “En lo que respecta a las actividad del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en la fiesta de Compadres y fiesta de Comadres, se autorizará por la unidad de Espectáculos Públicos según el programa las salidas de comparsas, confraternidades, pandillas y grupos de baile, de horas 10:00 hasta las 23:00, el incumplimiento al horario se sancionará con la multa antes mencionada (Bs 2.000)”.