Amplia mayoría da “luz verde” a reglamento sobre el Defensor
A partir de este jueves, corren 15 días para la presentación de postulaciones
CONSENSO. Hubo amplía mayoría para aprobar el reglamento de elección del Defensor del Pueblo. Foto: ALP La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó ayer, martes, sin mayor trámite y por amplia mayoría, el reglamento y convocatoria para la selección y designación del nuevo Defensor del Pueblo tras el consenso alcanzado el lunes entre el oficialismo y la oposición.
“Queda aprobada la resolución de reglamento y la convocatoria a proceso de selección y designación de la Defensora o Defensor del Pueblo”, dijo el presidente de la ALP y vicepresidente del Estado, David Choquehuanca.
Aunque en su momento se dijo que el reglamento fue aprobado por unanimidad, los diputados de oposición Marcelo Pedrazas (Comunidad Ciudadana) y María René Álvarez desmintieron esa situación, pues ambos votaron en contra.
El senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rubén Gutiérrez, anunció que la convocatoria se publicará en tres medios de prensa escrita de circulación nacional e indicó que Bolivia tendría un nuevo Defensor del Pueblo en mayo.
“Mañana (por hoy) se publica en tres medios de circulación nacional, el día jueves estaríamos iniciando con el plazo de recepción de las postulaciones con un periodo de 15 días calendario y posterior la revisión, habilitación, impugnación, entrevistas y evaluación meritocrática”, detalló Gutiérrez.
El proceso de preselección estará en manos de la comisión designada como establece la ley y se garantizan los 2/3 para la elección final de la nueva autoridad, que serán observados por la ciudadanía en el marco de la transparencia.
“Como hemos escuchado en la lectura, se respeta la aplicación de la Constitución (para la elección) como son los 2/3 y la población podrá participar de todas la etapas del proceso de selección y designación del Defensor del Pueblo como veedores”, refrendó el diputado oficialista.
El Defensor del Pueblo ejerce funciones por un periodo de seis años, sin posibilidad de nueva designación, según la Constitución Política del Estado.
La normativa fue aprobada con al menos nueve artículos modificados que se acordaron en las reuniones previas que se desarrollaron tras la bochornosa sesión de la semana pasada, que ingresó en cuarto intermedio debido a incidentes protagonizados por legisladores oficialistas y opostiores.
NO HUBO UNANIMIDAD
“ALP aprueba por unanimidad Resolución que aprueba reglamento y convocatoria para selección y designación del Defensor o Defensora del Pueblo”, informó la Cámara de Senadores en sus cuentas de redes sociales.
Sin embargo, el diputado opositor Pedrazas usó su cuenta de Twitter para afirmar que “el reglamento no se aprobó por unanimidad” y “no existe la garantía de elegir un Defensor del Pueblo independiente e imparcial”.
En la misma línea, la diputada Álvarez, de Creemos, dijo que no estaba de acuerdo con la aprobación de la normativa y aseguró que el vicepresidente Choquehuanca “miente cuando manifiesta que la aprobación fue en unanimidad”.
Acuerdo logrado se califica como un hecho inédito
Para el analista político y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad San Francisco Xavier, Germán Gutiérrez, el acuerdo alcanzado el lunes entre el oficialismo y la oposición “es un hecho inédito que nunca ha sucedido y que puede tener un efecto positivo, pero como también puede tener un efecto desastroso”.
En ese sentido, explicó que ambas bancadas que deben poner en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) es que se debe poner como primera regla de convivencia entre los bolivianos a la Constitución Política del Estado (CPE).
Aquello quiere decir que de acuerdo al artículo 220 de la CPE, la elección del nuevo defensor del pueblo debe ser “por al menos de dos tercios” de los asambleístas presentes y no del total de asambleístas. “Por las características de esta autoridad lo ideal sería que se encuentre un pleno consenso. Esa es la regla de oro”, acotó.
Sin embargo, cuestionó que ya en la Ley 870 del Defensor del Pueblo en la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la ALP que, entre otras tareas, verificara el cumplimento de los requisitos para este efecto, verifica y elabora la nómina para el pleno decida por simple mayoría votos de sus miembros.