La Asamblea de Ecuador no despenaliza el aborto
La Asamblea Nacional de Ecuador rechazó ayer ampliar los supuestos para poder abortar en el país, entre ellos para los casos de que la gestante haya sido violada, en el marco de una reforma al Código Integral Penal (COIP).
La Asamblea Nacional de Ecuador rechazó ayer ampliar los supuestos para poder abortar en el país, entre ellos para los casos de que la gestante haya sido violada, en el marco de una reforma al Código Integral Penal (COIP).
"Con 65 votos afirmativos, el Pleno 611 de la Asamblea Nacional no aprueba las reformas al COIP referentes al aborto no punible", indicó el Legislativo ecuatoriano en Twitter.
Con ello niega la moción que abogaba por despenalizar el aborto por violación y mantiene la actual legislación vigente.
En los exteriores del Parlamento grupos a favor y en contra de que se ampliaran las causales para la interrupción voluntaria del embarazo se dieron cita en las puertas del Congreso.
La reforma planteada tenía por objeto modificar 45 artículos del COIP, crear otros 17 e introducir seis disposiciones transitorias generales y una final.
Sin embargo, en lo respectivo al aborto, el Código Orgánico Integral Penal no se moverá un ápice.
La propuesta rechazada formulaba que las mujeres pudieran acudir a la práctica del aborto en caso de violación, estupro, inseminación no consentida, mal formación del feto e incesto.