¿Fondo de pensiones?

08/03/2015
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El gobierno plurinacional, que no valora nada del pasado, echa el ojo al ahorro generado por los jubilados, para salvar sus futuros aprietos. Hay muchos detalles en la nueva Ley de Pensiones que es obligatorio conocerlos para actuales y futuros jubilados, porque encierra grandes interrogantes. Para ello apelamos al análisis y estudios técnicos responsables, tratando de extractar información para el sector más vulnerable de la sociedad boliviana.

Los expertos Montenegro, Quispe, Mamani y Vásquez del Instituto de Estudios Económicos y Sociales, en el 4º y 6º Encuentro de economistas de Bolivia (2011, 2013), en documentos sobre la viabilidad del nuevo sistema de pensiones, concluyen que: “La literatura muestra que generalmente un sistema de pensiones, reparto, necesita ciertas condiciones para que sea sostenible en el tiempo, como una alta tasa de crecimiento de la población, una mayor acumulación de capital o un mayor progreso tecnológico”…

“El shock positivo en la tasa de descuento subjetiva genera una reducción en el nivel ahorro pues el nivel de las recaudaciones no es suficiente para responder a la demanda existente, se genera un desequilibrio macroeconómico para sostener el sistema de pensiones, llevando a una caída en el stock de capital total que ocasiona una contracción a la economía boliviana”…En otras palabras, el sistema de pensiones no responde a un estudio actuarial, y no garantiza sostenibilidad.
Por otra parte, Fundación Milenio, en el Informe de Coyuntura No 230, se refiere con detalle a la ley referida. En primer lugar, dice que la Ley “otorga al Estado todas las atribuciones normativas, regulatorias y de gestión, crea una pensión financiada con aportes ajenos, sube las cotizaciones y baja las pensiones”; es decir, confisca el ahorro privado depositado en las AFPs por los trabajadores, o lo que es lo mismo, aplica un impuesto ilegal, sujeto a controversia.

“La Ley instituye la gestión de un monopolio estatal que sustituirá a las administradoras de fondos de pensiones”. Este Órgano Gestor Estratégico es juez y parte. No participan del Directorio, los dueños y beneficiarios (jubilados) ni los cotizantes (futuros jubilados), sino sólo el Gobierno, que se da la atribución de manejar los ahorros ajenos, que alcanzan los diez mil millones de dólares (¿?)

“Con esta ley, ha subido el número de jubilados pero con pensiones más bajas. Entre 1997 y 2010 se jubilaron 29.980 personas en 13 años, un promedio de 2.306 jubilados al año; mientras que durante la vigencia de la nueva Ley 065, en dos años y seis meses, 57.094 afiliados accedieron a la jubilación, un promedio de 22.837 al año”. Esto confirma los temores sobre la sostenibilidad futura del Fondo.

Cuando llega el tiempo de las vacas flacas, el Gobierno procede a reglamentar la Ley 065 y promulga la Ley 430 para soportar los efectos de una crisis que se avecina, donde un buen colchón puede ser el Fondo de jubilación, porque la mesa está servida. Rafael Puente bajo el título de “Para las personas jubiladas no hay cambio”, no sin molestia, comenta: “Sin consultar a los interesados/se ha decidido que la tal Gestora ‘estratégica’, es decir que —al igual que YPFB y otras empresas estratégicas— tiene la misión de consolidar y equilibrar la economía del Estado (y como la línea es no tocar las reservas fiscales, a las estratégicas les tocará llenar los baches financieros que se puedan presentar, para eso parece ser que el Estado sí se acuerda de las personas jubiladas…). ¿Les parece a ustedes justo?... Pero los problemas y las incongruencias no se terminan ahí. Uno de las incoherencias más espectaculares es que la expectativa de vida en nuestro país (que en tiempos de Goni se calculaba en 73 años) ¡hoy se calcula en 103 años!! ¿Quiénes son los profesionales capaces y bien pagados que se han inventado eso?”...

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