Una pregunta de doble filo

18/10/2015
PUBLICITE AQUÍ

Al sugerir la nueva pregunta para el referéndum que busca habilitar una nueva reelección de los actuales Presidente y Vicepresidente de Bolivia por un nuevo período constitucional, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no sólo que ha tenido una actuación desafortunada, sino que ha comprometido y empeñado su independencia, neutralidad e imparcialidad.

Sin ingresar en mayores consideraciones sobre la atribución o la facultad del TSE para plantear la redacción de la pregunta de un referéndum, el texto elaborado por el Órgano Electoral, recientemente refrendado por la Asamblea Legislativa y remitido al Tribunal Constitucional para su respectivo control de constitucionalidad, abre serias dudas sobre el efecto político y legal de su contenido.

Veamos por qué.

El texto formulado por el TSE tiene dos partes. La primera, que es la pregunta propiamente dicha, se concentra –como debería ser– en el objetivo del referéndum previsto para enero del próximo año, que no es otro que el de reformar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) para habilitar al presidente Evo Morales y al vicepresidente Álvaro García Linera a una segunda reelección.

La consulta dice a la letra: “¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?”. Hasta ahí, el texto de la pregunta sintetiza, de una manera clara y precisa, el propósito para el cual se ha alentado una reforma parcial de la CPE y convocado al referéndum que se celebrará a principios del próximo año.

A continuación, el texto propuesto por el TSE y aprobado por la Asamblea Legislativa introduce un segundo párrafo en forma de aclaración. Texto que, detrás de una aparente ingenuidad y buena fe, encierra múltiples interrogantes y gravísimas connotaciones, además de un evidente trasfondo que no hace sino convertir la reforma parcial de la CPE en un acto plebiscitario a la medida de los propósitos políticos del actual partido gobernante.

¿Qué dice ese texto complementario de la pregunta elaborada por el TSE? “Por disposición de la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política del Estado, se considera como primera reelección el período 2015-2020 y la segunda reelección el 2020-2025”
¿Por qué esa aclaración, que a primera vista parece intrascendente, esconde otra intencionalidad cuyos efectos políticos son decisivos y, además de su dudosa legalidad, van más allá del que tendría que ser el único objetivo del referéndum: reformar un artículo de la CPE?
En primer lugar, ese párrafo está refrendando la primera reelección (realizada en enero de 2015) que se materializó a través de una reforma parcial de la CPE por Ley sin acudir, como tendría que ser, a un referéndum.

En segundo lugar, y desde el momento en que considera como primera reelección la correspondiente al período 2015-2020, le está dando a la pretendida nueva reforma parcial del artículo 168 un efecto retroactivo, para así posibilitar una segunda reelección para la gestión constitucional 2020-2025. Y las leyes, menos la Constitución Política del Estado, no pueden tener efecto retroactivo.

Y lo que es más grave todavía, las dos consideraciones anteriores dan lugar a inferir que, contra todo principio democrático de un estado de derecho, la Constitución Política se está adecuando –como si se tratara de un dibujo libre– a intereses individuales y circunstanciales de un esquema de poder, cuando tendría que ser el marco legal al que deben someterse todos los habitantes (gobernantes y gobernados) de un país.

Está claro, pues, que al introducir oficiosamente esa aclaración, el Tribunal Supremo Electoral ha puesto en serio entredicho su neutralidad como árbitro de las reglas de juego democráticas. Resta esperar, ahora, si ese mismo será el camino que tome el Tribunal Constitucional, en cuyas manos está la última palabra sobre la constitucionalidad o no de esa pregunta y su posterior aclaración.

El texto, detrás de una aparente ingenuidad y buena fe, encierra múltiples interrogantes y gravísimas connotaciones, además de un evidente trasfondo que no hace sino convertir la reforma parcial de la CPE en un acto plebiscitario a la medida de los propósitos políticos del actual partido gobernante

Compartir:
Más artículos del autor


Lo más leido

1
2
3
4
5
1
2
3
4
5
Suplementos


    ECOS


    Péndulo Político


    Mi Doctor