Primarias obligatorias

29/08/2018
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La decisión unilateral, sorpresiva y confrontativa que aprueba la Ley de Partidos Políticos, compatibiliza los objetivos y los tiempos del MAS y es una muestra de que la tentación del caudillo persistirá.

Es un intento desesperado de ungir con votos la candidatura de Evo Morales, piensan que las primarias servirán para “legalizar” la inscripción de Morales ante el TSE. Quieren que la ciudadanía interprete la expresión “vinculante y de cumplimiento obligatorio” como nuevo argumento para frenar la creciente movilización ciudadana, no consideran que se aplica solo para las formaciones políticas y militantes que elijan a sus directivos y para el TSE responsable del registro, no para el soberano que se pronunció el 21 F.

La Ley, al electoralizar al país y forzar las primarias, pretende distraer a la oposición y diluir al movimiento ciudadano. Obliga además al TSE a convocar a las primarias de inmediato y a adelantar su pronunciamiento sobre la candidatura de Morales.

La Ley busca también obstaculizar la candidatura de Mesa, quien tendría que encontrar un partido dispuesto a elegirlo en las primarias de enero del año 2019. Como los partidos están desarticulados, les obliga a concertar alianzas de inmediato. En el plazo de solo dos meses, los partidos deberán haber formado alianzas y haber inscrito a sus precandidatos. La premura dificultará la unificación de la oposición como condición imprescindible para estas elecciones. Cualquier invocación a un pacto nacional resultará puro artificio por la polarización y los personalismos en juego. Muchos partidos políticos se autoeliminarán por la imposibilidad de cumplir con los requisitos exigidos. La Ley tendrá una virtud: el país, por fin, se enterará de cuántos militantes tienen realmente los partidos.

Lo que hoy urge es concertar una respuesta adecuada ante el dilema que crea esta Ley para el ciudadano: si acata la Ley de convocatoria a primarias internas y concurre a unas eventuales elecciones, pierde el 21 F; y si no concurre, regala las elecciones a Morales.

Una Resolución favorable de la Corte Interamericana de DDHH no revocará la sentencia del TCP, por ser cosa juzgada y por la inexistencia de un procedimiento constitucional para revocarla, y si la Corte se pronuncia en contra de la re postulación, el régimen desafiará a la OEA. El papel de la OEA es intrascendente cuando se opone a despotismos y autocracias, y tiene escasas consecuencias. Venezuela y Nicaragua son los casos más dramáticos.

La decisión la tiene el pueblo movilizado, enfrentado hoy al TSE. El Órgano Electoral solo tiene competencia para “proclamar” el resultado del 21 F, no para desconocerlo. La decisión del soberano tiene carácter constituyente, es de cumplimiento general, obligatorio, permanente y coercitivo, y no existe poder estatal para desconocerla e inaplicarla. Por lo tanto, un obsecuente TSE no puede “inventarse” un argumento jurídico para regalar “legalidad” al régimen.

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