Históricamente nuestro país se caracterizaba por tener déficit fiscal y deuda pública elevados, viéndonos obligados a recurrir al endeudamiento, que principalmente era externo, destinado sobre todo a gasto corriente.
A partir del 2006, Bolivia logró revertir una economía pobre, la inversión pública en el país registra hitos nunca antes alcanzados, convirtiendo al país en un referente de estabilidad económica a nivel Latinoamérica, reconocido por Organismos Internacionales.
En el Modelo Económico Social Comunitario Productivo, el Estado como principal protagonista del manejo de la economía del país, nacionalizó las empresas estratégicas privatizadas, promoviendo la redistribución de ingresos, a través de Transferencias Condicionadas, bonos que se pagan en favor de la población más necesitada (Bono Juancito Pinto, Juana Azurduy y la Renta Dignidad, entre otros), logrando reducir la desigualdad social y la extrema pobreza.
En el 2007, un año después de la nacionalización de los hidrocarburos, la Ley Nº 3785 crea la “Pensión Mínima” (PM), que garantizaba una prestación mínima de vejez, actualizada cada año, con la variación de la UFV. Para el acceso, los afiliados debían tener 60 años de edad y al menos 15 años de aportes.
Para el pago de la PM, se creó la Cuenta Básica Previsional, cuyo financiamiento eran los aportes solidarios de los bolivianos de ingresos altos, entre otras fuentes, que permitían cubrir la diferencia existente entre el monto de pensión que el Afiliado lograba financiar con sus contribuciones y el monto de la PM.
Bajo el principio de solidaridad y de las políticas sociales, en diciembre del 2010, se promulgó la Ley Nº065 de Pensiones que incorpora la Pensión Solidaria de Vejez, creándose el Fondo Solidario (FS), del que es parte la Cuenta Básica Previsional, el Aporte Patronal Solidario y los Aportes Solidarios de todos los trabajadores.
Con el FS, se mejoran las pensiones de los trabajadores que no alcanzan a financiar con sus aportes, al menos el 60% de su promedio salarial (últimos 24 meses), necesarios para una Pensión de Vejez, dando la posibilidad de acceder una Pensión Solidaria de Vejez (PSV), siempre que cuenten con la edad de 58 años y al menos 10 años de aportes, pudiendo ser del antiguo Sistema de Reparto, del Seguro Social Obligatorio o del Sistema Integral de Pensiones.
El FS otorgará una Fracción Solidaria, como componente adicional en la escala de los límites solidarios, misma que fue modificada a tres años de la vigencia de la Ley Nº065, en noviembre de 2013 y posteriormente sobre la base de un estudio de sostenibilidad del Fondo Solidario, el 2017, con la Ley Nº985 se incrementa por segunda vez la Escala de éstos límites solidarios.
Esta política social ha logrado mejorar los ingresos de las personas adultas mayores, permitiendo el acceso a una PSV, que en los nuevos límites solidarios para un trabajador con 35 años de aportes, el límite solidario mínimo subió de Bs1.300 a Bs1.600 y en el límite solidario máximo de Bs2.600 a Bs4.200.
No cabe duda que a la fecha uno de los pilares fundamentales, es tener políticas públicas que favorezcan a los sectores más vulnerables del país, para que las personas adulto mayores puedan acceder a una pensión digna como reconocimiento al sacrificado trabajo que desarrollaron durante su juventud.