La trampa del idioma

09/03/2019
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Cuando aprobaron la Constitución, creyeron que estaban infringiendo una derrota a la oposición pero, a la larga, esta Carta Magna se convirtió en una trampa aun para ellos. Y eso incluye el artículo 168.

Cuando se aprobaba la actual Constitución Política del Estado (CPE), y en las circunstancias que todos conocemos, se advirtió que muchos artículos eran impulsados por organizaciones no gubernamentales que actuaron detrás —y a veces de frente— de algunos asambleístas. Por tanto, se impuso su criterio y, al promulgar la nueva Carta Magna, ni siquiera el gobernante Movimiento Al Socialismo se percató de que se estaba metiendo en camisa de 11 varas.

Uno de los temas aprobados sin mayor discusión, pese a que ameritaba un gran debate nacional, fue el de los idiomas oficiales del Estado boliviano. El artículo 5 de la CPE declara como tales a 36 que supuestamente equivalen a igual número de culturas del país. Ese era uno de los argumentos para sustentar el carácter “pluricultural” de nuestro Estado pero no tomó en cuenta varios detalles que, por eso mismo, se mantienen irresolutos.

Uno de esos “detalles” es el uso de los adjetivos quechua y aimara para designar a grandes colectivos de nuestra pluriculturalidad. Hasta ahora, está claro que ambos son nombres de idiomas, y aún se los acepta para designar a pueblos y culturas amerindias que habitan determinadas porciones de nuestro continente, pero subsiste el debate sobre su uso como nombres de naciones. En otras palabras, no existe acuerdo para hablar de una “nación quechua” o de una “nación aimara”.

Si se habla de etnias o, mejor —en el espíritu inclusivo actual—, de identidades culturales, el uso de quechua y aimara se limita a los idiomas. Mas aún, la lista incluida en el artículo 5 no toma en cuenta a verdaderas naciones como qhara qhara, lupaca y soras, que actualmente marchan exigiendo respeto a sus derechos, o la muy conocida nación yampara.  

Sin resolver esos temas, por lo menos parcialmente, se aprobó un listado de idiomas de los que sólo tres se usan actualmente de manera colectiva, quechua, aimara y guaraní; y resulta que el artículo 234 de la misma Constitución dice que uno de los requisitos para acceder al desempeño de funciones públicas es “hablar al menos dos idiomas oficiales del país”.

Este último artículo primero puso en aprietos a los servidores públicos ya que la mayoría de ellos debió acreditar que hablan un idioma más, además del español, y debieron hacerlo mediante la presentación de certificados. Los siguientes en pasar figurillas fueron los políticos que, para ser candidatos a cargos electivos, debieron demostrar que también hablan uno de los idiomas oficiales del país. Y ahí es donde cayeron el presidente y vicepresidente del Estado.

Una cosa es lo que dicen los certificados, que son de fácil obtención y mucho más cuando se es gobernante, pero otra muy distinta es el uso cotidiano de un idioma. Ahí fue donde nuestros primeros mandatarios no pasaron las examinaciones públicas a las que fueron sometidos ya sea de manera intencional o improvisada. El Vicepresidente no pudo articular un saludo en idioma nativo cuando una periodista se lo pidió y, hasta ahora, no existen pruebas fehacientes de que el Presidente haya lanzado por lo menos un corto discurso en quechua o aimara en alguna de las muchas entregas de obras en las que participa.

El Jefe de Estado llega con frecuencia a Chuquisaca y Potosí, visita regiones del área dispersa y, en las entregas de obras, los gobernadores de esos departamentos discursean constantemente en quechua. No es el caso del Presidente que se limita a saludos y despedidas, generalmente fáciles de memorizar.

Salvo pruebas en contrario, los reportes señalan que el presidente y vicepresidente no hablan dos idiomas oficiales del Estado así que incumplen el artículo 234 de la CPE.

Cuando aprobaron la Constitución, creyeron que estaban infringiendo una derrota a la oposición pero, a la larga, esta Carta Magna se convirtió en una trampa aun para ellos. Y eso incluye el artículo 168.

 

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