Hemos escrito tantas veces sobre el sospechoso proceder del Órgano Electoral respecto al intento reeleccionista del presidente y vicepresidente del Estado que este sector parece una repetidora de argumentos que simplemente son ignorados por el poder.
Así, la decisión asumida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) respecto a las renuncias a las candidaturas, salvo la del ciudadano que fue inscrito como aspirante a la vicepresidencia del Estado por el Partido de Acción Nacional Boliviana es, a todas luces, contradictoria con el carácter vinculante que se supone tenían las elecciones primarias realizadas el 27 de enero.
Las elecciones primarias tienen el propósito de darle voz, tanto a la ciudadanía como a la militancia, para elegir candidatos. Una vez que estos fueron consagrados como tales por el voto popular, sus nombres ya no pueden ser retirados ni cambiados, salvo circunstancias extremas como la muerte.
En Argentina, por ejemplo, tuvieron lugar ayer las elecciones primarias que decidirán quiénes serán los candidatos para las elecciones presidenciales del 27 de octubre. Una vez consagrados estos, y excluidos quienes no superen el 1,5 por ciento de los votos, no se cambiará a nadie. Pero existe una evidente diferencia entre esas primarias y las nuestras: las argentinas se realizan a solo dos meses de sus presidenciales mientras que las bolivianas se llevaron a cabo diez meses antes. En ese lapso pasaron muchas cosas, entre ellas las renuncias.
El detalle es que, como se está viendo en los hechos, las primarias bolivianas no fueron convocadas para consultar al ciudadano y a los militantes de partidos políticos quiénes quieren que sean sus candidatos sino para legitimar la candidatura inconstitucional de Evo Morales y Álvaro García. Toda la estructura del poder en Bolivia, incluido el Órgano Judicial, visiblemente al servicio del gobierno central, se mueve, desde hace meses, para conseguir la habilitación del binomio oficialista. En ese sentido actuó el Tribunal Constitucional y así actúa ahora el TSE.
¿Qué pasa con quienes impugnan la violación al artículo 168 de la Constitución Política del Estado? Un botón de muestra es la actitud de un juez que admitió un recurso en ese sentido.
Pocas veces se vio una intromisión tan abierta en las labores del Órgano Judicial como el anuncio de proceso que un diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) lanzó en contra del juez que había admitido una acción de cumplimiento constitucional contra la repostulación indefinida del presidente Evo Morales.
Fue una intromisión porque tuvo un efecto evidente: el juez reculó y declaró improcedente el proceso sin llegar a desarrollar una audiencia que había sido programada para analizar los alcances de la acción planteada por la vía judicial.
Ante la evidencia que significa el anuncio de proceso del diputado, no importan los desmentidos al respecto. Lo que se ve es que el gobierno, decidido a repostular nuevamente al Presidente y Vicepresidente del Estado, aun yendo en contra de la Constitución Política del Estado, amenazó subrepticiamente al juez que había admitido una acción dirigida, precisamente, a hacer cumplir la Carta Magna.
Pero, si de retrocesos hablamos, ¿qué tal la actitud del propio TSE cuando el Presidente ofreció “lo que ustedes pidan” a los votantes de Morochata (Cochabamba), si es que los resultados electorales en ese municipio le favorecían con el 100 por ciento en una clara violación al artículo 119 de la Ley del Régimen Electoral? Lo que hizo el TSE fue admitir, varios días después, “una posible vulneración” a esa norma y, como todos sabemos, la infracción quedó en nada.
Por lo visto, y ante una nueva interpretación de la normativa a favor de los gobernantes, es cada vez más evidente que las elecciones bolivianas han sido convocadas para legalizar, a como dé lugar, una nueva reelección del binomio oficialista.