Comenzar a controlar

EDITORIAL Editorial Correo del Sur 13/08/2019
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Cuando apenas salíamos de nuestro asombro por las cifras proporcionadas por la Defensoría del Pueblo (¡260 muertos!), los bolivianos tenemos que asimilar otra noticia sobre un nuevo accidente de tránsito, esta vez con una cantidad que esperamos sea definitiva, 11 víctimas fatales.

¿Hasta qué extremos hemos llegado en un año que todavía está lejos de finalizar? Con la tragedia de ayer, sumamos 271 muertos, 1.107 accidentes de tránsito y la estremecedora cifra de 1.557 heridos. Aunque estos números son espeluznantes, resulta todavía más alarmante saber que, tomando en cuenta las estadísticas y las tendencias, podrían incrementarse.

¿Cuáles son las causas para los accidentes? El informe de la Defensoría identifica tres, en debido orden: exceso de velocidad, ebriedad del chofer y falta de control. Desde luego, quien se haya acercado un poco al mundo del transporte terrestre de pasajeros sabe que, en realidad, la tercera causa es la que motiva las otras dos ya que si las autoridades llamadas a hacerlo ejercitarían un mayor control, entonces habría menos choferes que aceleren en los caminos o que se emborrachen pese a tener la responsabilidad de conducir un vehículo, muchas veces ocupado por varios pasajeros.

Y como suele ocurrir en otras facetas en las que sobresalen nuestras imperfecciones como sociedad, resulta que los accidentes también podrían reducirse si se aplicara la legislación existente para ello. El transporte público de pasajeros tiene varias normas, desde el desprestigiado Código de Tránsito hasta la Ley 259 que fue promulgada precisamente para el control al expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

El Código de Tránsito fue promulgado para ordenar el transporte público pero, en lugar de eso, se convirtió en fuente de corrupción ya que muchos policías lo utilizan para imponer multas a los conductores que luego van a parar a sus bolsillos.

Es probable que con la Ley 259 esté ocurriendo algo parecido.

Esta norma fue promulgada en julio de 2012 y contiene sanciones drásticas para los infractores. En el caso de los conductores en estado de ebriedad, el artículo 34 castiga con la inhabilitación de un año mientras que la reincidencia da lugar a la suspensión definitiva de la licencia de conducir. Siete años después, cabe preguntarse: ¿cuántos conductores perdieron su licencia por conducir ebrios? ¿Y cuántos estaban ebrios cuando protagonizaron accidentes? Aparentemente, cuando fueron sorprendidos con un grado alcohólico superior al permitido, “arreglaron” las cosas como siempre, mediante un soborno. Así, los ebrios al volante siguieron conduciendo hasta que provocaron un accidente. 

Si se aplicara las leyes como es debido, pasando por alto la nociva costumbre de los sobornos, los accidentes se reducirían, pero el control no se limita al cumplimiento de la ley, sino también a la verificación de la calidad del servicio de las empresas de transporte de pasajeros.

Mientras la normativa se aplica taxativamente en el transporte aéreo, en el terrestre no solo existe desorden sino caos total. Las empresas se aprovechan de eso y hacen lo que les viene en gana, en perjuicio de los pasajeros.

Entonces, el necesario inicio para la prevención de accidentes está en el control. Tan simple como eso.

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