El inicio de la crisis

EDITORIAL Editorial Correo del Sur 24/10/2019
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Aunque sobre decirlo, el país está convulsionado. Sería posible responsabilizar de eso a un Gobierno mezquino, que pone su interés partidario antes de la grandeza que significaría ceder para pacificar el país, pero no hay que olvidar que, disminuida y todo, en Bolivia hay una oposición que tiene su cuota parte en este embrollo.

Es cierto que las últimas leyes referidas a los partidos políticos y el régimen electoral apuntan hacia el monopartidismo. Es cierto, también, que, durante los últimos meses, los bolivianos fuimos testigos de una parcialización abierta del Órgano Electoral Plurinacional respecto al Gobierno que, al final, resultó en un innegable favorecimiento a la candidatura oficialista.

Pero nada de eso, ni el largo rosario de irregularidades denunciadas en las últimas semanas, libran de su responsabilidad a las organizaciones políticas de la oposición y eso incluye a los comités cívicos.

Ahora, las calles se repletan de gente que sale a protestar por un supuesto fraude. En algunos casos, esas manifestaciones han degenerado en actos violentos y la destrucción de bienes del Estado.

La pregunta, ante semejante panorama, es ¿por qué no se actuó de la misma forma cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Sentencia Constitucional 0084/2017? Para quienes no lo recuerden, esa resolución judicial fue la que habilitó a Evo Morales y Álvaro García Linera como candidatos a una nueva reelección pese al impedimento establecido claramente en el artículo 168 de la Constitución Política del Estado.

El referido artículo señala, textual y brevemente que “el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”. Lo que hizo el Gobierno para evadir ese límite legal fue interponer el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos que señala que todos los ciudadanos tienen el derecho “de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”. 

Decenas de tesis de Derecho han sido escritas para refutar esa interpretación. El resumen de su planteamiento es que, así se trate de una norma internacional, nada se puede sobreponer a las constituciones de los países. Pese a eso, el TCP habilitó a Morales y García Linera y, al hacerlo, no solo violó la Constitución sino que desmontó todo el esquema jurídico que se había armado para limitar las reelecciones. A partir de ahí, cualquier proceso electoral perdía validez. La pregunta es ¿por qué la oposición no sacó a la gente a las calles masivamente, como lo hace ahora?

Bajo la lógica jurídica, todo acto contrario a la Constitución es nulo de pleno derecho. La inscripción de Morales y García Linera como candidatos invalidaba el proceso iniciado con la convocatoria a elecciones. Pese a eso, los partidos de la oposición se inscribieron también y participaron, validando el proceso. Pero es recién ahora que salen a las calles a reclamar por un fraude que, si se cometió, no fue solo el 20 de octubre sino antes, con la —con perdón de la cacofonía y redundancia— anticonstitucional Sentencia Constitucional 0084/2017. 

Sus actuales protestas son como el llanto sobre el cadáver de un difunto que murió por una enfermedad curable. No lo curaron a tiempo y se les murió. Pero ahora llenan las calles y, de paso, provocan convulsión.

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