El argumento principal por el que personas y colectivos se oponen a los decretos 4640 y 4641 es que, según ellos, estos obligan indirectamente a vacunarse contra el covid-19.
Ya referimos ayer, en este mismo espacio, que una revisión a detalle de ambas normas demuestra que ninguna impone que las personas se vacunen, no hay nada referido a intervenciones quirúrgicas, no se habla de exámenes médicos o de laboratorio sin consentimiento y tampoco hay referencias, ni siquiera indirectas, a experimentos científicos.
La artillería está dirigida a una parte del artículo 4 del DS 4640, que se refiere a las medidas de bioseguridad y prevención, y señala, en su inciso e), lo siguiente:
“Las instituciones públicas, privadas, entidades financieras, religiosas, centros comerciales, mercados y supermercados, unidades educativas, universidades, institutos técnicos e instituciones educativas en general, lugares de entretenimiento y otras donde exista aglomeración, deberán solicitar a las personas:
“1. El carnet de vacunación con esquema completo (primera y segunda dosis de la Sputnik V, o Pfizer, o Sinopharm, o AstraZeneca u otra, o una dosis de la Johnson & Johnson u otra); o
“2. El carnet de vacunación de la primera dosis de cualquiera de las vacunas antes señaladas, para aquellas personas que a la publicación del presente Decreto Supremo no se encuentren vacunados, debiendo posteriormente según el intervalo de tiempo contar con el esquema completo de vacunación, cuando corresponda; o
“3. La prueba RT-PCR negativa emitida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de su ingreso a los establecimientos y otros señalados en el presente inciso”.
Copiamos el artículo textualmente para demostrar que, en contrapartida a lo que dicen quienes se oponen a los decretos, no se puede percibir intención de obligar a alguien que asuma algún tipo de conducta. Si una persona no quiere vacunarse, simplemente no lo hace, pero, para ingresar a aquellos lugares donde existe aglomeración de gente —y consiguientemente la posibilidad de contagio es mayor— tiene que demostrar que no está contagiado de covid-19 y para ello está la prueba RT-PCR. No se le está obligando a vacunarse, se está cuidando que más personas no se contagien.
La simplicidad de ese razonamiento es tal que no se puede creer que la oposición a los decretos provenga de colectivos, es decir, de instituciones en las que el razonamiento es múltiple y, por lo tanto, lo lógico es que lleguen a conclusiones racionales.
Se puede admitir que una persona como la exdiputada Lidia Patty, que no tiene formación jurídica, califique de “anticonstitucionales” a las normas en cuestión, pero no que una abogada como la defensora interina Nadia Cruz esté sugiriendo apelar a la objeción de conciencia para hacerle frente a una medida que claramente busca preservar la salud de la mayoría de la población. En ese sentido, ¿por qué no plantea que la objeción de conciencia se acepte como argumento válido para liberar a quienes no creen en el servicio militar obligatorio?
Ayer mismo hablábamos de una curiosidad en este caso de candente debate nacional: la oposición proviene de las mismas filas del MAS, porque todos los que expresaron sus reparos, incluida la Defensora, son personas que de una u otra manera están sometidas a esa organización política.
Hemos llegado a un nivel de anomia política tal que la oposición formal ha perdido hasta el mínimo peso que tenía en el acontecer nacional y, a falta de rival al frente, es el propio partido en función de gobierno el que está generando contrarios. Aunque, por lo que se ve en la cuestión del covid, sean francamente patéticos.