Lo que se esconde detrás del diferimiento del Censo nacional

Julio Ortíz Linares 24/08/2022
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A partir del Decreto Ley 14100, del 5 de noviembre de 1976, se hizo costumbre ordenar el Censo Nacional cada diez años. Así se estiló hasta el último censo, realizado en noviembre de 2012. El actual gobierno también decidió cumplir con la estadística decenal, fijando el empadronamiento para el mes de noviembre de 2022 en el Decreto Supremo 4546 del 21 de julio de 2021; coincidía con los diez años del último censo nacional.

Lamentablemente, el Gobierno retrocedió en su decisión y señaló una nueva fecha para censar al país por medio del Decreto Supremo 4760, del 13 de julio de 2022, con el escueto justificativo de que “el empadronamiento del Censo de Población y Vivienda, será ejecutado por el INE como máximo entre los meses de mayo y junio de 2024”; esto es, a los 12 años del Censo de 2012, sin explicar las razones para el diferimiento.

Ese cambio repentino despertó en la población probada susceptibilidad, debido a que hasta el día de hoy el Estado, que ostenta la competencia privativa conferida por el parágrafo 16 del Art. 298 constitucional, para disponer los trabajos estadísticos, no ha demostrado convincentemente las razones técnicas y legales para el aplazamiento, que rompe la secuencia de los diez años entre un censo y otro, lo que hace presumir que priman razones políticas en esta decisión, que empeorará la crítica situación que vive el país.

Esas causas pueden fundarse en que, siendo el Órgano Electoral el único competente para distribuir los escaños electorales, según el Art. 146 numeral V de la Constitución vigente, que dice: “La distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo Nacional…”, la postergación puede responder al cálculo político de aguardar estos dos años para que los asentamientos humanos producto del avasallamiento de tierras en el departamento de Santa Cruz, y en otros del país, se concrete de manera que surjan nuevas poblaciones que, reconocidas como indígenas, originarias o de interculturales, harían variar el número de habitantes y, obviamente, el Padrón Electoral. 

Consumados los avasallamientos, apropiaciones territoriales o asentamientos poblacionales, los resultados del Censo diferido obligarían al Órgano Electoral a una nueva distribución de escaños de acuerdo al incremento de la población, que acrecentaría el voto rural en Santa Cruz y otros departamentos, de suerte que una vez convocadas las elecciones nacionales, el año 2024, el partido oficialista, que pugnaría la presidencia, obtendría un mayor número de legisladores en Santa Cruz con el voto rural, garantizando sus 2/3 tercios camarales y el control total sobre los departamentos del país, principalmente  Santa  Cruz, que ha sido y es un objetivo político estratégico para el oficialismo.

De esa manera, el nuevo gobierno tendría supremacía absoluta en el Legislativo, gobernando con una oposición prácticamente anulada y con el departamento de Santa Cruz sometido al poder político de turno. Por estas razones, el Censo debe cumplirse esta gestión, habida cuenta las razones políticas que se esconden detrás de su diferimiento; tanto más si el INE tiene dicho que están concluidos los trabajos técnicos para el año 2022 y no el 2024.

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