Lo que los franceses llaman “la sagrada unión” es precisamente lo que se debería evitar, porque ésta ya sería una especie de tiranía, o la consecuencia de una tiranía, y la tiranía bien podría ser… el tirano podría ser… ¡una mayoría! (Hannah Arendt, 1973)
Después de tres meses de haber dejado en la congeladora la elección del Defensor o Defensora del Pueblo, el 1 de septiembre el vicepresidente Choquehuanca convocó nuevamente al pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional para otro intento de votación que concluya en la elección de uno de los candidatos de la lista corta resultante del desacreditado proceso de selección meritocrática por parte de la comisión responsable.
En circunstancias normales, políticamente hablando, podía conjeturarse que al fin se había llegado a un consenso entre oficialismo y oposición, después de la falta de acuerdos también normales en una democracia representativa. Sin embargo, no es este el caso, pues muchas cosas pueden haber cambiado entre el oficialismo de ayer (Morales) y el de hoy (Arce), pero lo que no ha cambiado es su noción de democracia mayoritaria excluyente del derecho de las minorías. La idea elemental en todas las corrientes del MAS es que la democracia consagra el derecho de la mayoría a imponerse sobre las minorías, sean estas minorías políticas o sociales, sin hacer ninguna concesión a las mismas y a su derecho a ser tomadas en cuenta.
En consecuencia, y como era previsible, en un quinto intento por elegir al titular de la Defensoría se llegó al mismo resultado, sin que ninguno de los candidatos alcance los votos de al menos 2/3 de los legisladores presentes, como prescribe la norma constitucional. ¿Qué puede haber cambiado entre mayo y agosto, como para que Choquehuanca haya decidido convocar nuevamente a esta elección repetidamente frustrada en el legislativo?
Considerando los antecedentes del oficialismo, lo más probable es que se trate de una performance distractora cuyo propósito sea mostrar una vez más la intransigencia de la oposición como justificación para lograr “por otras vías jurídicas y legales” el propósito de elegir a un Defensor alineado con el “proceso de cambio” y el gobierno, en franca contradicción con el rol de Defensor o Defensora del Pueblo. (Recuérdese que lo mismo decían los dirigentes de las organizaciones sociales del MAS justificando anticipadamente el desconocimiento del referéndum del 21F a través de la sentencia 84/17 del TCP)
¿Cuáles podrían ser esas otras vías jurídicas? Aquí entra en escena una espuria asamblea de derechos humanos que fue cooptada paralelamente por el MAS para realizar un Congreso apócrifo en diciembre del pasado año, desconociendo a la legítima directiva de la APDHB encabezada por Amparo Carvajal. Ahora bien, ante el empantanamiento legislativo después de la última votación para elegir al Defensor en mayo, el operador del MAS en esta asamblea paralela presentó una Acción de Cumplimiento ante la 4ta Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
En respuesta, la resolución 178/22 del 14 de julio pasado de este tribunal exhorta a la ALP a proceder con la elección del Defensor del Pueblo, pero abriendo la posibilidad de que si no lo hace, el Ejecutivo estuviera habilitado para designarlo, lo cual parecería remover el candado de los 2/3 establecido en el Art. 220 de la Constitución. (De manera parecida a cómo la aberrante sentencia 84/17 del TCP suspendió la vigencia del Art. 168 de la CPE)
Se pensaba que esta resolución tendría un alcance limitado a legitimar la continuidad del interinato de Nadia Cruz en vista del fracaso reiterado en la elección de un nuevo defensor, pero algunos voceros del MAS en el legislativo pretenden que esta resolución habilita al Ejecutivo para la designación por decreto supremo del titular de la Defensoría. En caso de concretarse esta nueva injerencia del gobierno a través del sistema judicial, violando las prerrogativas del Legislativo y volviéndolo redundante y mero eco del Ejecutivo, se habrá puesto en entredicho una vez más la vigencia del estado de derecho en nuestro país, desapareciendo así cualquier vestigio de la separación de poderes.
Como lo dijo un académico boliviano muy activo en las redes virtuales: “Algunos creen que ‘democracia’ significa ‘dictadura de la mayoría’. No. Se trata de generar consensos con la minoría. En este caso específico, implica elegir una autoridad imparcial e independiente, que defienda a toda la ciudadanía de los abusos del gobierno de turno”.
Los que en nombre de un principio de mayoría excluyente pretenden la aceptación mansa de las “posiciones mayoritarias” en las instancias de representación democrática se contradicen a sí mismos, puesto que la ficción de una “representación mayoritaria” así concebida anula la obligación de incorporar lo que Arendt llamaba ‘el factor democrático por excelencia’: la pluralidad. Eso que es condición de la unidad nacional en la diversidad política, social y cultural.