Los dos extremos

EDITORIAL Editorial Correo del Sur 30/12/2022
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El artículo 116 de la Constitución Política del Estado garantiza la presunción de inocencia. Eso significa que una persona acusada de la comisión de delitos es considerada inocente hasta que se pruebe lo contrario, que es cuando existe una sentencia ejecutoriada; es decir, que no admite recurso ulterior alguno.

Bajo la actual legislación, los procesos legales en Bolivia tienen dos fases: la investigación, que está a cargo de la Fiscalía, o Ministerio Público, y el juicio oral, público y contradictorio, que es sustanciado por el Órgano Judicial.

En teoría, la fase investigativa sirve para determinar si existen suficientes evidencias en contra de las personas acusadas de la comisión de delitos y no debería durar más de seis meses. Si hay por lo menos indicios, la Fiscalía acusa al o los responsables, tipificando los delitos y, a partir de ese momento, comienza la segunda fase y el destino del o los acusados está en manos del juez, que, si encuentra culpabilidad en estos, emite sentencia condenatoria. 

Sin embargo, los hechos han convertido ese procedimiento en otra cosa: la fase investigativa es algo así como la que anticipa la sentencia, y hasta la pena, así que el destino de los acusados de delitos ya se decide aquí, antes de que comience el juicio.

Esa es la sensación que tenemos cuando una persona es detenida por la supuesta comisión de delitos. Cuando la Fiscalía pide la detención preventiva como medida cautelar, esta se convierte en una sentencia anticipada que comienza a ejecutarse antes del juicio en sí. Como se ha dicho, la fase investigativa no debería exceder de seis meses pero, con el argumento de que “el caso es muy complejo”, los fiscales se han acostumbrado a extenderlo, generalmente por un periodo similar y, con eso, el imputado –que solo adquirirá la condición de “acusado” cuando comience el juicio oral– puede estar detenido un año o más. Lamentablemente, son varios casos en los que los imputados están detenidos por dos y hasta cuatro años, sobrepasando así las penas establecidas en la legislación boliviana para delitos menores.

Estas fallas estructurales de la justicia boliviana son aprovechadas por los gobiernos para anular a sus opositores. Es el caso de la expresidenta Jeanine Áñez, que ya lleva detenida un año y medio, y del excívico potosino Marco Pumari, que ya está más de un año en prisión. En el primer caso, hay una sentencia condenatoria observada por la defensa y otros organismos, mientras que en el segundo todavía no se ha emitido la resolución acusatoria del Ministerio Público, así que ni siquiera ha comenzado el juicio en su contra.

A ellos se suma ahora el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, quien fue detenido sin orden de aprehensión, y ayer fue enviado a detención preventiva por el lapso de seis meses, tiempo que, conforme a la práctica que se ha hecho común por parte de la Fiscalía, será ampliado, cuando se cumpla, “por la complejidad del caso”.

Estamos hablando de tres opositores al gobierno a los que ponemos en un extremo, el de sus enemigos, mientras que en el otro están sus autoridades, militantes y simpatizantes. Como se sabe, varias exautoridades del gobierno de Evo Morales están actualmente en libertad, pese a que sobre ellos existen acusaciones tan serias como la del desfalco al Fondioc. Y precisamente el día en que un juez mandaba a la cárcel al gobernador de Santa Cruz, que es de la oposición, otro le daba libertad irrestricta al gobernador de Potosí, que es oficialista, en un caso tan bullado como el de las 41 ambulancias.

Más allá de las singularidades de cada caso, es obvio que la justicia no mide a todos con la misma vara y, cuando eso ocurre, no puede ser llamada justicia.

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