Bolivia dio en 2010 un paso importante en la protección de la naturaleza: promulgó la Ley 071 de Derechos de la Madre Tierra. Pero, no implementó las garantías institucionales y jurisdiccionales para la defensa y protección, razón por la que esa norma sola, en la práctica, no es útil.
Los derechos no se materializan sin garantías institucionales y jurisdiccionales para su defensa y protección. Si es la sociedad civil quien vulnera los derechos de la naturaleza, deben ser los órganos ejecutivos quienes administrativamente controlen, defiendan y protejan los ecosistemas naturales. Para esto, el Ejecutivo central y los ejecutivos departamentales y municipales deben crear sus autoridades regulatorias, según la distribución competencial en el tema ambiental y de la naturaleza.
Para cuando sean los gobiernos quienes causen daño a los ecosistemas, es necesario que además exista un organismo que los controle y defienda los derechos de la naturaleza frente a ellos, tal como se supone que hace la Defensoría del Pueblo: una Defensoría de la Naturaleza.
Finalmente, es necesaria la existencia de una jurisdicción de justicia que proteja y tutele los derechos de la naturaleza. Para eso, por ahora, será necesario crear una Sala Especializada en Derechos de la Naturaleza en el Tribunal Agroambiental que atienda este tema diferenciado de los derechos ambientales. Más adelante será primordial una reforma constitucional para crear un Tribunal de la Naturaleza que proteja de forma independiente los derechos de los ecosistemas frente a los derechos humanos ambientales, económicos y otros, sin conflicto de intereses y sin que opere el carácter absolutista de los derechos humanos. De la misma forma, en el Ministerio Público. Por último, se deberá contar con un Código de la Naturaleza que establezca los delitos contra la naturaleza y el aspecto procesal para el juzgamiento de esos casos.
Ese diseño institucional complementario se ve urgente debido a la crisis climática que atraviesan el país y el mundo. Las constantes emergencias por sequías y crisis por el agua lo demuestran. Una de las formas efectivas de lidiar frente a las acciones de los gobiernos y de la sociedad contra la naturaleza es usando los mecanismos de defensa y protección, y para esto es indispensable contar con esas garantías institucionales y jurisdiccionales, ya que no basta con la incidencia política.
* Constitucionalista en temas de organización y funcionamiento del Estado.