Relación entre mineros y comunidades en un ambiente de débil institucionalidad

Héctor Córdova 20/11/2023
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La minería es una actividad sobrerregulada, hay normas para todo. Desde hace cientos de años, la costumbre venida de otras latitudes desarrolló raíces profundas en nuestro medio. La clave del problema es que los operadores que extraen el mineral se apoderan de él y consideran que, por haberlo sacado de su yacimiento, son dueños de él. 

La Constitución Política del Estado, en su artículo 349 es muy clara: 

“Artículo 349. I. Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo.

II. El Estado reconocerá, respetará y otorgará derechos propietarios individuales y colectivos sobre la tierra, así como derechos de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales.”

La ley permite que los operadores vendan los minerales y registren el valor a sus nombres; para que compartan ese valor la ley establece dos mecanismos sencillos de administrar, las regalías e impuestos. Las regalías son una compensación a las regiones de donde se extrajo el mineral y los impuestos a las utilidades son, como en todos los sectores económicos, una contribución al Estado que administra el Gobierno para su funcionamiento. 

Las normas establecen que los operadores deben firmar un contrato con el Estado, representado por la AJAM, para ingresar a un área a extraer el mineral que yace en su subsuelo, para firmarlo hay varios requisitos dentro de los cuales, la consulta a la comunidad afectada (según la CPE) o una consulta sólo a los pueblos originarios afectados (según la ley 535) es fundamental. 

Antes de iniciar operaciones, todavía hay otros requisitos más, la licencia ambiental, la autorización para manejar explosivos y la autorización para adquirir y utilizar grandes volúmenes de combustible, por ejemplo. 

Desde hace varios años, muchas operaciones, legalmente constituidas, fueron avasalladas por gente audaz; pero sin derechos y que, lamentablemente, después se constituyeron en cooperativas mineras o por cooperativas que no respetaron los derechos de empresas privadas o de la Comibol. La situación llegó a extremos inaceptables hasta el punto en que el Estado emitió la ley contra los avasallamientos; pero esta norma no detuvo las ocupaciones ilegales de predios concedidos a otros operadores.

¿Por qué algunas cooperativas han dado el paso de avasallar áreas de empresas o del Estado? Las cooperativas son organizaciones de personas sin grandes capitales y, por tanto, con fuertes limitaciones para operar un yacimiento nuevo; por eso, sus espacios normales de trabajo son los yacimientos aluviales, las minas abandonadas por empresas o desmontes de otras operaciones. Cuando las cooperativas agotan un yacimiento, su salida es presionar al Gobierno por nuevas áreas preparadas o ingresar a áreas de empresas, que ya hubieran sido preparadas. 

Se ha visto casos en los cuales miembros de una comunidad se organizan para avasallar operaciones de una empresa o para pedir a esta una especie de alquiler para dejarles operar; estas actividades son ilegales y perjudican el desarrollo normal de una operación minera legal.

Es obligación del Estado proteger a quien tiene los derechos legalmente adquiridos. La eficacia de las acciones de protección y resguardo asegurarán a otros operadores para que se animen o no a traer capitales a este país. 

Si una comunidad se anima a cometer actos ilegales, esos hechos deben llamar la atención del Gobierno, porque son reflejo de desatención a sus necesidades de desarrollo y bienestar. Una comunidad que da el salto a la ilegalidad tratando de aprovechar la coyuntura que presenta una actividad minera es una comunidad que se ha visto, permanentemente, postergada por el Estado y que siente que no puede perder la oportunidad. Es, también, el reflejo de un deterioro constante de la institucionalidad y un afán de hacerse justicia personalmente.

Hay varias tareas que debe emprender el Estado para evitar estas actividades ilegales: atender el desarrollo integral del país, reconstituir la institucionalidad para que la gente tenga confianza en el Estado, hacer que se cumpla la normativa existente, sobre todo ambiental, transparentar acciones del Gobierno en las relaciones del Estado con el sector minero, informar sobre beneficios y obligaciones que tendrían las comunidades donde se asienten operaciones mineras.

La ilegalidad destruye la confianza que se requiere para atraer inversiones; pero es solo el efecto de acciones que han mellado la institucionalidad estatal. Si el Gobierno no cumple con el área rural donde están situadas las explotaciones mineras, haciendo efectivo un desarrollo local armónico y sostenible, los platos rotos los pagan los operadores mineros que tratan de cumplir la función que se les encomendó mediante contrato y los pobladores de las regiones que ven contaminados y depredados sus sistemas de vida.

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