¿Está muerto el 21060? Decir que ya no existe o fue sustituido resulta cómodo y hasta políticamente conveniente, pero una afirmación en ese sentido necesita precisión. Si realmente fue reemplazado, eso no ocurrió de una sola vez: fue desmontado por partes, mientras otros mecanismos y parte de su lógica económica continuaron —y continúan— funcionando.
El dato importa por la renovada discusión sobre la reforma parcial de la Constitución Política del Estado (CPE). El diputado Carlos Alarcón (Alianza Unidad) propone “desconstitucionalizar” alrededor de 30 artículos para modificar los llamados candados que, a su juicio, dificultan la inversión. La iniciativa merece debate. No estamos ante un país que deba escoger mecánicamente entre el 21060 y la CPE de 2009.
En 2011, el Decreto Supremo 861 declaró la eliminación completa de toda disposición o consideración legal fundamentada en el 21060 y ordenó revisar normas que todavía respondieran a su espíritu. Aquel decreto enumeró las leyes de Inversiones, Exportaciones, Forestal, Minería y Bancos. El Gobierno reconocía así que el decreto de 1985 no había desaparecido por completo y que se necesitaba desmontar sus efectos mediante otras normas.
Pero una cosa es eliminar normas y otra cambiar de raíz el funcionamiento de una economía. El 21060 introdujo, entre otras medidas, la libre determinación de precios por la oferta y la demanda, y liberalización comercial y financiera. Algunas reglas fueron modificadas; otras, restringidas; algunas, sustituidas por mecanismos de intervención estatal. Sin embargo, la oferta y la demanda no pueden ser borradas con un decreto puesto que son fuerzas económicas que continúan operando, incluso cuando el Estado intenta regular precios, subsidios, importaciones o exportaciones.
Tampoco está bien afirmar que la economía actual sea la de 1985. La CPE de 2009 cambió sustancialmente el papel del Estado. Su artículo 306 establece una economía plural, integrada por las formas comunitaria, estatal, privada y social cooperativa, pero el 308 reconoce la iniciativa privada y garantiza la libertad de empresa. Los artículos 309 y 316 otorgan al Estado una función decisiva en sectores estratégicos, planificación y conducción económica; el 320 señala condiciones restrictivas para la inversión extranjera.
Ahí está el verdadero debate: no se trata de “21060 sí” o “21060 no”. La pregunta es cuánto de aquel esquema fue realmente desmontado y cuánto de la economía de mercado sigue funcionando bajo un marco constitucional que amplió considerablemente la intervención estatal.
La propuesta de Alarcón toca ese punto. Busca reducir el rango constitucional de determinadas restricciones y crear garantías para la inversión, incluso mediante arbitraje pactado. Puede discutirse, modificarse o rechazarse, pero sin descalificarla con etiquetas ideológicas. Bolivia necesita capital, tecnología, mercados y reglas previsibles. Tampoco sería sensato idealizar el 21060. Surgió como una respuesta a una crisis extraordinaria y tuvo costos sociales, además de que no constituye un programa para el presente. Del mismo modo, no se puede sostener que todo lo incorporado por la CPE de 2009 sea intocable por tener rango constitucional.
Hay una lección que aprender: las economías funcionan con reglas, incentivos y confianza. El mercado no desaparece porque se lo niegue, ni el Estado se vuelve eficiente por declararlo protagonista.
Por eso, más que preguntarnos si el 21060 fue cambiado o sustituido, deberíamos preguntarnos qué partes de aquel modelo siguen vigentes, cuáles fueron superadas y qué reglas actuales impiden producir, invertir y generar empleo.