Diez preguntas para entender el conflicto de Incahuasi
Chuquisaca pide que se ejecute un estudio de campos compartidos con límites definidos con Santa Cruz
Desde su descubrimiento en 2004, el campo Incahuasi fue una de las principales esperanzas de Chuquisaca en aumentar sus recursos, aunque fue en los últimos tres años que recién cobró notoriedad justo cuando se dio a conocer, contrariamente a lo que se esperaba, que el Departamento no recibiría regalías por su explotación. La situación ha motivado una serie de movilizaciones, pero ¿qué sucedió y qué caminos quedan?
En mayo de 2016 la empresa canadiense GLJ Petroleum Consultants se adjudicó el estudio de campos compartidos sorprendiendo a la región que advirtió que no se tenían límites claros. Opositores cuestionaron entonces a los representantes de Chuquisaca ante Yacimientos Petrolíferos Fiscales de Bolivia (YPFB) por haber permitido que se llevara a cabo un estudio que definiría la participación o no de la región en un campo de gas que se encuentra justo al límite con Santa Cruz, sin haber resuelto con antelación la definición de linderos.
El conflicto no dejó de ahondarse, pues pese a que Chuquisaca asegura que es necesario resolver la totalidad de los límites con Santa Cruz, y por lo tanto buscó un proceso de conciliación, esta región afirma que la demarcación es clara sobre la base de las leyes del 10 de noviembre de 1898 que resolvería el diferendo limítrofe con Chuquisaca y la ley del 21 de octubre de 1912 que aclararía la primera, además de la resolución suprema de 1914.
Frente a esta posición, se encuentra la de Chuquisaca que asegura que si bien las leyes de 1898 y 1912 son marcos normativos, carecen de sustento técnico, histórico y legal, por lo que no se pueden considerar definitivas.
Según el Departamento, si se toma en cuenta lo que sostienen estas leyes, Santa Cruz tendría que resignar territorio que considera propio, razón por la que Chuquisaca propuso una conciliación, para no afectar a ninguna de las regiones y tener –con claridad– los linderos fijos.
Este proceso de conciliación por la totalidad de los límites, como buscaba la región nunca fue aceptado y el Ministerio de la Presidencia dio por cerrado el asunto cuando en una resolución determina que esos límites están claros salvo en 30 vértices que se encuentran en la zona de Villa Serrano (Chuquisaca) y Pucara (Santa Cruz), para los que promovió la Ley 1054, de Delimitación de tramo interdepartamental, promulgada el pasado 30 de abril.
El pasado 2 de abril, Chuquisaca presentó un memorial ante el Ministerio de la Presidencia para que promueva una acción de inconstitucionalidad concreta en contra de la Resolución Suprema del 20 de noviembre de 1914 con la que se definen algunos tramos de los límites con Santa Cruz.
A continuación, diez preguntas clave para entender el conflicto por Incahuasi y los reclamos de Chuquisaca.
1. ¿Qué es Incahuasi?
El megacampo gasífero Incahuasi es un yacimiento de gas y condensado descubierto en 2004, comprende dos bloques: Ipati y Aquío, y se encuentra ubicado en la zona limítrofe entre Chuquisaca y Santa Cruz.
Este yacimiento fue inaugurado y entró en producción el 16 de septiembre de 2016, con una capacidad de casi 6,9 millones de metros cúbicos de gas día (MMmcd), aunque con una proyección a llegar incluso a los 17, para 2019.
Con los iniciales 6,9 MMmcd con los que el Gobierno anunció su apertura, Incahuasi se encontraba en el tercer lugar de campos con mayor producción en Bolivia. Aunque, según la página web de la empresa Total E&P Bolivie, la de mayor participación en el megacampo, la capacidad de procesamiento de su planta es de 6,5 millones de metros cúbicos de gas por día.
El primero es Sábalo con una producción de 18,5 MMmcd, seguido de San Alberto (7,8 MMmcd), Incahuasi (6,9 MMmcd) e Itaú (2,6 MMCD).
En Incahuasi operan las empresas Total E&P Bolivie (50%), la rusa Gazprom (20%), la ítalo-argentina Tecpetrol (20%) y la boliviana YPFB Chaco (10%).
Se estima que este campo gasífero tiene una reserva de al menos 3,1 trillones de pies cúbicos (TCF, por sus siglas en inglés) de gas.
2. ¿Qué es un campo compartido?
Según la Ley de Hidrocarburos 3058, un campo compartido es “un área de suelo debajo de la cual existen uno o más reservorios, en una o más formaciones en la misma estructura o entidad geológica que se puede encontrar ubicada entre dos o más departamentos”. Además, se prevé que el porcentaje de participación de los departamentos se define de acuerdo con la proporción de la reserva que tiene en su territorio.
Es decir que un Departamento puede tener mayor porcentaje de participación si la mayor parte del campo de gas se encuentra en su zona y por ende tener un mayor ingreso por regalías.
3. ¿Qué son las regalías?
De acuerdo con la Ley de Hidrocarburos, una regalía es una “compensación económica obligatoria pagadera al Estado, en dinero o en especie, a favor de los Departamentos productores por la explotación de sus recursos naturales no renovables”. Es decir un pago ineludible a la región o regiones productoras.
La regalía departamental para productores es del 11% de la producción fiscalizada en el campo. Es decir que Santa Cruz y Chuquisaca, si se considera compartido el megacampo, se repartirán el monto económico correspondiente a ese 11% en porcentajes de acuerdo con el nivel de participación que tengan en la reserva.
4. ¿Cómo se define un campo compartido?
Para saber si Incahuasi o cualquier otro campo es compartido y en qué porcentaje, se debe realizar un estudio técnico que determine la ubicación del reservorio que se explotará y para que ese estudio se realice adecuadamente, los departamentos, en este caso Santa Cruz y Chuquisaca deben tener sus límites definidos con precisión para que así, la empresa que se encargue del estudio no incurra en errores.
Por esta razón, Chuquisaca observó que el primer estudio de campos compartidos encargado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales de Bolivia (YPFB), se realizó cuando no se tenían definidos los límites con Santa Cruz, así que activó una acción ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para que se realice un estudio con información adecuada.
Pese a las advertencias hechas por la región, el entonces ministro de Autonomías, Hugo Siles, avaló en una carta a YPFB los “límites referenciales” ambos departamentos, para que se ejecute el cuestionado estudio, que finalmente quedó sin efecto por decisión judicial.
5. ¿Qué decía el primer estudio de campos compartidos de Incahuasi?
El estudio hecho por la empresa canadiense GLJ Petroleum Consultants adjudicado en mayo de 2016 y cuyo resultado preliminar fue dado a conocer el 4 de agosto de 2016, por el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas, determinó que el megacampo de gas de Incahuasi se encontraba en un 100% en territorio cruceño, pese a que los límites entre ambas regiones no estaban definidos por completo.
Este estudio fue observado por Chuquisaca que reclamó que el Ministerio de Autonomías haya remitido como límites, los puntos “referenciales” que se tenían para la zona en lugar de hitos claros y, sobre todo, consensuados por ambos departamentos, pese a que en una anterior carta la misma autoridad reconocía que no tenía “coordenadas precisas” y que para demarcar la zona se tenían datos que eran "utilizados únicamente para fines institucionales de YPFB, por tanto, el mismo no define los límites de ambos departamentos".
Por esta situación, Chuquisaca impugnó el estudio y solicitó que se abra un proceso de conciliación limítrofe con Santa Cruz.
6. ¿Por qué Chuquisaca quiere conciliar límites con Santa Cruz?
Chuquisaca solicitó el 23 de agosto de 2016 comenzar un proceso de conciliación de límites con Santa Cruz en el marco de lo establecido por la Ley 339 de Delimitación de Unidades Territoriales porque considera que las leyes existentes son confusas, no tienen demarcación precisa e incluso llegan a ser inconstitucionales porque en su momento, la región no fue consultada pese a que lo exigía la Constitución Política del Estado.
En 1898 y 1912, los letrados chuquisaqueños hicieron las representaciones legales respectivas, pero nunca se escuchó al Departamento.
Sin embargo, pese a la solicitud que hizo Chuquisaca en 2016 para conciliar los 120 vértices que la unen con Santa Cruz, con la justificación legal sobre las imprecisiones e irregularidades de las leyes que marcan algunos tramos, el Ministerio de Autonomías sólo admitió 30 de esos puntos, referidos a los que se encuentran en la zona de Villa Serrano y Pucará, dejando fuera de debate la zona de Incahuasi.
El Departamento nunca aceptó que el Ministerio abra la conciliación parcial, por lo que su participación se resumió a interponer una serie de solicitudes para que el proceso sea por la totalidad de los límites.
7. ¿Por qué se pide un nuevo estudio de campos compartidos?
Como Chuquisaca advirtió que no se tenían límites fijos cuando YPFB ordenó el primer estudio de campos compartidos, activó un amparo constitucional que finalmente fue convertido en una acción popular ante un Tribunal de Garantías que el 8 de marzo de 2017 determinó que se realice un nuevo estudio de campos compartidos, puesto que no se cumplieron con los requisitos para ejecutarlo al no tener hitos claros entre ambas regiones.
Esta decisión fue ratificada por una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitida el 15 de noviembre de 2017 y dada a conocer el 13 de diciembre de ese año, pero además, el alto tribunal dispuso el congelamiento del pago de regalías mientras no se defina el porcentaje de participación de Chuquisaca y Santa Cruz en Incahuasi, a través de un nuevo estudio con límites claros y acordados.
La decisión de los magistrados mandó a “efectuar un procedimiento de delimitación interdepartamental de acuerdo a las previsiones contenidas en la Ley de Delimitación de Unidades territoriales y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo 1560 de 17 de abril de 2013”.
Es decir, que la sentencia constitucional define que sólo una vez se cuente con límites claros y consensuados por las regiones, consolidados a través de leyes nacionales y con un nuevo estudio técnico de campos compartidos se procederá al descongelamiento de las regalías.
8. ¿Por qué Chuquisaca sigue exigiendo conciliación de límites?
Chuquisaca continúa pidiendo conciliación de límites porque para la región este proceso no se llevó a cabo, ya que no se aceptó su solicitud de definir los 120 vértices y no sólo 30 como dispuso el Ministerio de Autonomías –ahora Viceministerio–, por lo que el Departamento no dio su consentimiento para que el proceso se lleve a cabo ni siquiera sólo en ese tramo que no incluye Incahuasi.
Es así que sin el consentimiento de Chuquisaca, el Ministerio de Autonomías cerró un proceso de conciliación sobre 30 puntos que contemplan la zona de Villa Serrano y Pucará, pese a que el Departamento asegura que no firmó ningún acta, un documento básico para demostrar la aceptación de la región sobre lo que se determina.
9. ¿Qué sustenta la nuva ley de delimitación que activó la protesta?
La resolución 006/18 emitida el 2 de enero por el Ministerio de la Presidencia, del que es parte el ahora Viceministerio de Autonomías, homologó un supuesto acuerdo entre Santa Cruz y Chuquisaca sobre los 30 vértices puestos en conciliación. Sin embargo, Chuquisaca denunció que nunca firmó ningún acta o documento en el que concilie algún punto con la región vecina.
Luego de varios reclamos de Chuquisaca y por recomendación de un informe técnico de la Unidad de Límites y Organización Territorial del Viceministerio de Autonomías, el Ministerio de la Presidencia, a través de la resolución 046/18 que fue notificada a Chuquisaca el 8 de marzo de este año, dejó sin efecto la cuestionada resolución 006/18.
Sin embargo, en una tercera resolución, la 90/2018, el Ministerio de la Presidencia concluye que supuestamente se conciliaron 30 vértices y que respecto a los demás, existen leyes y una resolución suprema que ya los delimitan, normas observadas por Chuquisaca que además rechazó haber firmado acuerdo alguno sobre los otros 30 puntos.
Con esta resolución, que supuestamente se emite al concluirse un proceso de conciliación, se promueve la Ley de Límites entre Santa Cruz y Chuquisaca, por ello, el Departamento solicitó su no aprobación y calificó el sustento con el que se trabajaba como ilegal, al no contar con su aceptación.
Pese a los reclamos la ley se aprueba en Senadores y Diputados, y es promulgada por el presidente Evo Morales en cuestión de días.
10. ¿Qué dice la ley?
Según se explicó desde la Gobernación de Chuquisaca, los límites sólo se pueden definir a través de una ley nacional y no así a través de una resolución, al ser de menor rango.
En la CPE está prevista como parte de las atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional el tratamiento de leyes de delimitación.
Bajo esa premisa quedaría sentado ya que no están definidos todos los límites, a través de normas adecuadas entre Santa Cruz y Chuquisaca, un requisito para dar paso al estudio de campos compartidos que debe hacerse con linderos establecidos por los mecanismos legales correspondientes.
Además, el Departamento pide la abrogación de la Ley de Límites recientemente promulgada al no tener la base legal suficiente para su planteamiento: la conciliación entre partes.
Y recuerda que en caso de que no haya conciliación sobre los límites de dos regiones en áreas no habitadas, las partes pueden acudir al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que defina los linderos, según lo establecido en la Ley 339 de Delimitación de Unidades Territoriales, una instancia a la que Chuquisaca podía haber acudido; sin embargo, Autonomías cerró el proceso.