¿Ley contra la venta y compra de celulares podrá frenar robos y luto?
La nueva norma ya está en la Asamblea Legislativa para su tratamiento
La compraventa de celulares robados y el cambio de IMEI (International Mobile Station Equipment Identity en inglés) en el país serán penados con el fin de frenar los hechos delictivos que en casos extremos han causado luto en las familias bolivianas.
Durante los últimos años, en el país y con mucha más frecuencia en las ciudades del eje central, La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, se incrementaron los robos de teléfonos celulares con armas blancas y hasta con armas de fuego, que segaron vidas sólo por llevarse los equipos.
La realidad no es diferente en Sucre, pese a que la delincuencia tiene índices mínimos respecto a otras urbes y la capital fue considerada en las cumbres de seguridad ciudadana como una ciudad segura, según la Policía.
Por semana en la ciudad se denuncian de uno a tres casos de robo de celulares; las zonas donde operan los antisociales son el Mercado Campesino, la avenida Hernando Siles y el Mercado Central, según los datos del director Departamental de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), teniente coronel Luis Fernando Loayza, quien admite que muchas personas optan por no denunciar formalmente el robo.
El modus operandi es el descuido. Las personas caminan utilizando su celular sin darse cuenta que el antisocial está cerca; de pronto les arrebata el equipo de las manos para darse a la fuga. También suele abrir las mochilas en los microbuses o cuando los pasajeros bajan en las paradas.
Y los casos más frecuentes: las personas suelen abrir las ventanas de los micros mientras hablan por sus teléfonos celulares o revisan las redes sociales, lo que es aprovechado por los delincuentes que, desde la calle, les quitan el equipo y escapan. Pocos ladrones son atrapados.
El robo se convierte en robo agravado cuando los antisociales operan entre varios y usan armas blancas o de fuego. En el último tiempo, fueron desarticuladas varias bandas que robaban en motocicletas amenazando a sus víctimas con cuchillos.
La jueza tercero en lo Penal, Ximena Mendizábal, afirmó que es común que el Ministerio Público solicite medidas cautelares por robo, hurto o robo agravado de teléfonos celulares; lo lamentable es que los abogados de las víctimas y de los atracadores concilian y solicitan la extinción de la acción penal y ahí termina el proceso legal.
“La ley permite la reparación integral del daño y los supuestos antisociales devuelven el celular y unos cuantos pesos para el pago de los abogados y se tramita el desistimiento de la acción penal, dejando libres a estas personas, lo peor que no deja antecedente y vuelven a delinquir”, manifiesta.
La jurista sugiere cambios y que se sancione a estos sujetos. Si en la primera comisión del delito se benefician de una salida alternativa; la siguiente vez que sean aprehendidos por un delito similar, éste debe quedar registrado en sus antecedentes penales, y la tercera, deben ser sometidos a un juicio para recibir una sanción por la comisión de robo o robo agravado.
Mendizábal recordó que en Sucre se dieron casos extremos hasta con muerte por el robo de celulares. El último hecho que se investiga es el robo agravado a ciudadanos extranjeros en la zona de Las Siete Cascadas. Los turistas fueron interceptados por dos sujetos y amenazados con un machete y armas blancas, con el fin de despojarles sus bienes, entre ellos sus equipos celulares. El caso sigue en investigación.
Un hecho que conmocionó hace dos años fue la muerte de un joven en manos de un antisocial que, por robarle el celular, le clavó el cuchillo en la pierna cortándole la arteria femoral; la víctima falleció por un shock hipovolémico y el asaltante fue acusado por robo agravado y homicidio…Una vida ya se había perdido.
Otro ilícito vinculado al delito de robo de teléfonos celulares es la tenencia de estos equipos. Este año, un sujeto fue hallado con 50 teléfonos celulares que había adquirido en el “mercado chino” de Cochabamba para comercializarlos en Sucre; los equipos fueron secuestrados y depositados en dependencias de la FELCC.
LEY PARA PREVENIR LOS ROBOS
Tras el luto dejado por violentos atracos para robar teléfonos celulares en el país, en especial en Santa Cruz, donde los antisociales usan armas de fuego y matan a sus víctimas sólo para sustraer estos equipos, surgió la nueva norma en discusión.
Parlamentarios y políticos reaccionaron proponiendo frenar estos hechos de sangre y elaborar una ley que sancione el robo, la venta y el cambio del IMEI de los equipos.
A decir de los políticos, la causa de los robos y los hechos de sangre está ligada a que la comercialización de los equipos es un negocio seguro; los principales lugares de recepción eran tiendas de reparación y mantenimiento de celulares; denuncia que motivó a los dueños a organizarse para pedir la sanción de los establecimientos ilegales y la protección de su actividad.
Incluso hubo propuestas que apuntaban a sancionar con 30 años de cárcel a las personas que cambiaban los IMEI para habilitar los equipos reportados como robados.
Para retirar de circulación a los antisociales y comprobar las denuncias en todo el país, la Policía organizó operativos sorpresa y allanó talleres de reparación y mantenimiento de teléfonos celulares.
En Sucre hubo tres operativos en lo que va del año, en el primero se secuestró 300 equipos; en el segundo 200, y en el último 50 teléfonos celulares, según los datos proporcionados por el Director Departamental de la FELCC.
Algunos ciudadanos afirmaron entonces, mediante redes sociales, que los operativos no eran suficientes y no resolvían el problema.
TRABAJO TÉCNICO
El secretario General de la Federación Única de Técnicos de Bolivia y Microelectrónica (FUBOTEM), Fernando Alipaz, lamentó que personas que desconocen el trabajo de los técnicos realicen afirmaciones y “satanicen” su profesión, comparándolos con antisociales que fomentan el robo de los teléfonos celulares.
En una explicación a CORREO DEL SUR, Alipaz aclaró que el denominado “flasheo” del teléfono celular no es más que formatear el equipo, restablecer los ajustes de fábrica; no es posible considerarlo un delito ya que con este trabajo no se cambia el IMEI, afirmó.
En lo que están de acuerdo es en penalizar el cambio o adulteración del IMEI que posibilitan que los equipos robados vuelvan a funcionar con cualquier empresa telefónica.
“Como FUBOTEM colocamos nuestro grano de arena en la seguridad ciudadana, por esa razón hemos trabajado junto al diputado Edgar Montaño el proyecto de ley sobre el delito del cambio de IMEI, no se puede hacer y de realizarlo esa persona debe ir preso y si nuestros asociados hacen esto, nosotros mismos les entregaremos a las autoridades jurisdiccionales”, sostuvo.
Alipaz cuestionó a las empresas telefónicas y a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) por no hacer cumplir el Decreto Supremo 353 del 4 de noviembre de 2009 que tiene por objeto “establecer mecanismos para el control de la comercialización y activación de celulares robados, hurtados y/o extraviados, e impedir el uso de los servicios de telecomunicaciones móviles en la comisión de delitos, como parte de las acciones de seguridad ciudadana a ser desarrolladas entre las instituciones públicas, privadas y la sociedad civil”.
A la fecha, según los datos de la ATT, al primer trimestre de la gestión 2018, existen 11.323.497 líneas móviles en el país; los departamentos que registran la mayor concentración son La Paz con 29%, Santa Cruz 28% y Cochabamba 18%.
A decir de Alipaz, las telefónicas sólo se dedicaron al registro y no cumplieron lo que señala el decreto supremo en cuanto a inhabilitar el servicio a IMEI clonado, modificado o equipos celulares reportados como robados.
“Los teléfonos que están en la lista negra siguen funcionando pese a que las telefónicas deberían suspenderlos, por eso estamos proponiendo que no haya venta libre de las líneas telefónicas y los registros se los haga personalmente y no a través de una llamada o un mensaje de texto”, añadió.
El viernes, el diputado del MAS Edgar Montaño presentó en la Asamblea Legislativa el proyecto de ley que sanciona penalmente el cambio de IMEI, la comercialización y la prestación de servicios a equipos terminales móviles y fijos robados, hurtados y/o extraviados.
Algunos de los artículos de la nueva ley están referidos justamente a la manipulación de IMEI.
“El que incurriera en el acto de manipulación, cambio de identificación físico o electrónico o haya reprogramado, remarcado, modificado o suprimido datos en equipos terminales móviles o fijos, computadoras, tablets o cualquier otro soporte electrónico, con la finalidad de encubrir un delito u obtener beneficios indebidos y/o quien se prestara para realizar servicios de activación de nuevas cuentas en el registro de usuario en las operadoras móviles o fijos, será sancionado penalmente con reclusión de dos a cinco años”.
“El robo de equipos terminales móviles o fijos (celular) con arma blanca o de fuego, donde del hecho sale como resultado la muerte de la víctima, será sancionado con la pena de presidio de 30 años sin derecho a indulto, de acuerdo al artículo 252 numeral 6 del Código del Sistema Penal vigente”.
“El que incurriera en la comercialización de equipos terminales móviles o fijos robados y/o hurtados mismos que fueron reportados en la lista negra de las empresas operadoras de telecomunicaciones, será sancionada penalmente con la privación de libertad de tres a ocho años”.
En cuanto a las telefónicas, “ninguna de las operadoras de telecomunicaciones en el Estado Plurinacional de Bolivia, podrá aumentar un solo usuario a la lista gris definida en el Art. 3 y 11 del Reglamento Para el Registro de Propietarios de equiposterminales móviles, y estarán en la obligación de reducir paulatinamente a los usuarios que se encuentran en la misma, de acuerdo al avance de la tecnología y de los sistemas operativos en las terminales electrónicas, bajo sanción de la Ley 164, Decreto Supremo 353 y su reglamentación”.
TALLERES AUTORIZADOS
La Policía y la FUBOTEM acordaron certificar a los talleres de reparación y mantenimiento de teléfonos celulares; para ello, cada uno de los técnicos debe ser acreditado por su ente ante la FELCC cumpliendo los requisitos para que luego se entregue un banner que indica que se trata de un lugar y no se realiza modificación de IMEI, identificación que estará colgada en un lugar visible del negocio.
Proyecto de Ley 2018 en trámite
Artículo primero.- Todas las bolivianas y bolivianos tienen derecho a usar y/o portar un equipo celular (equipo terminal fijo o móvil) mismo que deberá ser registrado en la empresa de telecomunicaciones de su preferencia, la cual deberá garantizarla privacidad y seguridad de los datos personales del usuario, de acuerdo a las leyes con sus respectivas normativas vigentes en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo segundo.- En el capítulo XI (Delitos Informáticos) del Código del Sistema Penal, se crea el articulo 363 Quater (Manipulación del IMEI).
Art. 363 QUATER. Manipulación de IMEI.- El que incurriera en el acto de manipulación, cambio de identificación físico o electrónico o haya reprogramado, remarcado, modificado o suprimido datos en equipos terminales móviles o fijos, computadoras, tablets o cualquier otro soporte electrónico, con la finalidad de encubrir un delito u obtener beneficios indebidos y/o quien se prestara para realizar servicios de activación de nuevas cuentas en el registro de usuario en las operadoras móviles o fijos, será sancionado penalmente con reclusión de 2 a 5 años,
Artículo tercero.- El robo de equipos terminales móviles o fijos, (celular) con arma blanca o de fuego donde del hecho sale como resultado la muerte de la víctima, será sancionado con la pena de presidio de 30 años, sin derecho a indulto, de acuerdo al artículo 252 numeral 6 del Código del Sistema Penal vigente.
Artículo cuarto.- En el capítulo I (Delitos Contra la Actividad Judicial) Art. 172 (RECEPTACION) del Código del Sistema Penal, se creará el artículo 172 TER.
Art. 172 TER. El que incurriera en la comercialización de equipos terminales móviles o fijos robados y/o hurtados mismos que fueron reportados en la lista negra de las empresas operadoras de telecomunicaciones, será sancionada penalmente con la privación de libertad de 3 a 8 años.
Artículo quinto.- Ninguna de las operadoras de telecomunicaciones en el Estado Plurinacional de Bolivia podrá aumentar un solo usuario a la lista gris definida en el Art. 3 y 11 del Reglamento Para el Registro de Propietarios de equipos terminales móviles, y estarán en la obligación de reducir paulatinamente a los usuarios que se encuentran en la misma, de acuerdo al avance de la tecnología y de los sistemas operativos en las terminales electrónicas, bajo sanción de la Ley 164, Decreto Supremo 353 y su reglamentación.
Artículo sexto.- La Aduana Nacional deberá crear un equipo multidisciplinario especializado en tecnología de información y comunicación, para el control de la importación y exportación de equipos terminales móviles, fijos y demás equipos de tecnología avanzada.
Artículo séptimo.- La Policía Nacional tendrá acceso en línea a la base de datos de la ATT en forma irrestricta respecto a los códigos IMEI de la lista negra de todas la operadoras de telecomunicaciones en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo octavo.- La ATT (Autoridad de Regulación en Transportes y Telecomunicaciones) dispondrá a través del presente Proyecto de Ley, acciones para la modificación del Decreto Supremo 353 y su reglamentación a efectos de mejorar eficientemente el control y cumplimiento de la ley 164 y la normativa vigente.
Artículo noveno.- Las operadoras de telecomunicaciones a solicitud del usuario, extenderá un certificado de baja por los celulares en desuso, mal estado o cambio de propietario.
Artículo decimo.- La Autoridad de Regulación en Transportes y Telecomunicaciones (ATT), de acuerdo a reglamento de registro de propietarios de equipos terminales, permitirá a los técnicos, registrados en la ATT y en los Gobiernos Municipales de su jurisdicción, el acceso a la base de datos en línea de las listas negras, para que los mismos tengan conocimiento de los equipos móviles y fijos registrados por robo, hurto y/o extraviados.