
El Estado de Derecho se asienta en dos pilares fundamentales: la división de poderes – o separación de funciones– y el respeto a los derechos humanos. El primero abarca la potestad de los poderes de vigilarse entre sí, para que ninguno exceda la esfera competencial que le permite la Constitución. Es el sistema de frenos y contrapesos, mecanismo que tiene el objetivo de reducir potenciales arbitrariedades en la actuación de los poderes públicos, y busca concretar un balance en el ejercicio de las atribuciones de cada órgano, de manera que, en un Estado de Derecho, cuando alguna autoridad u órgano del Estado va más allá de los límites que le imponen las normas para su accionar público, o avasalla las potestades de otro, debe funcionar el control interorgánico de acuerdo a los preceptos constitucionales que así lo prevén, aspecto que contribuye a un ejercicio democrático saludable y a un relacionamiento equilibrado entre el Estado y el individuo, pues la división de poderes viene a consolidarse, además, como una garantía del ejercicio de los derechos y las libertades, por cuanto protege a las personas de las arbitrariedades y abusos del poder absoluto, producido por la concentración de potestades en un solo órgano o en una sola autoridad, típico en regímenes totalitarios.
La Ley fundamental
En ese marco, cuando se agrega la cláusula “constitucional” al denominado Estado de Derecho, implica que tanto la ley, las personas, las autoridades y todo órgano, están sometidos a los valores, los principios y los preceptos de la Constitución, al ser la Ley fundamental y fundamentadora de todo el ordenamiento jurídico. De ahí que todo el acervo de la estructura jurídica debe estar en armonía y coherencia con la misma. Por ende, conforme lo sostiene en forma invariable la jurisprudencia constitucional, los derechos fundamentales y las garantías constitucionales son consideradas verdaderos límites al poder, porque no existe autoridad, persona o mando alguno que pueda violentar la eficacia y la integridad de los mismos.
Las bases doctrinales del Estado constitucional de Derecho deben encontrar su reflejo en los hechos. La realidad de un país en cuanto al comportamiento de sus autoridades en el ejercicio de sus competencias, el respeto que muestren hacia los valores democráticos y el resguardo que brinden sus instituciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos, constituirán los aspectos que definan el tipo de país que se está viviendo.
Con los recientes acontecimientos en Bolivia, la aprehensión y posterior detención de una autoridad departamental en pleno ejercicio de funciones, con un innecesario y desmedido uso de violencia y la fuerte represión a la población que se levantó en protesta frente a ello, se percibe en gran parte de la población un sentimiento de indefensión frente al poder estatal, por un lado, y un resquebrajamiento de los pilares que sustentan al Estado constitucional de Derecho, por otro, dada la concentración de potestades en un solo órgano que dispone las acciones que deben seguir los otros, con consignas que difícilmente pueden ser ignoradas sin ser sometidos a procesos quienes se animen a cuestionarlas.
Freno al abuso de poder
Las Constituciones surgieron como respuesta y freno al abuso del poder estatal, estableciendo los límites en el ejercicio de funciones y consagrando los derechos y libertades individuales. La Constitución Política del Estado de nuestro país, como Ley Fundamental moderna, delimita las competencias de los órganos, establece los mecanismos de balance y equilibrio y reconoce un amplio catálogo de derechos y garantías, que están siendo desconocidos, porque la balanza se está cargando a un solo lado, el sistema de frenos y contrapesos no está funcionando, los derechos están siendo resguardados solo a algunos dejando en total desprotección a otros, deviniendo en una mayor y profunda división en el país, que podría ser tristemente representada como la zanja cavada en inmediaciones de la penitenciaría de Chonchocoro, como un reflejo de intolerancia, abuso y desconocimiento de los derechos de todo ciudadano, incluidos desde luego, quienes piensen diferente. [P]
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