Coacción electoral: TSE pasa responsabilidad a la Fiscalía

Actores de oposición plantearon sus temores electorales al titular de la OEA

POSICIÓN. La presidenta del TSE, Wilma Velasco, en conferencia de prensa, ayer POSICIÓN. La presidenta del TSE, Wilma Velasco, en conferencia de prensa, ayer

La Paz/Agencias
Política / 11/03/2015 05:13

En medio de la polémica por la advertencia gubernamental, de no encarar proyectos en las regiones donde ganen los candidatos opositores, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) deslindó su competencia en delitos de “coacción electoral” y desvió dicha responsabilidad al Ministerio Público.

"Es una tipificación de delito y no es competencia del Tribunal Supremo Electoral el conocer este asunto, sino específicamente del Ministerio Público, ellos deben conocer y resolver lo que constituye un delito, no nosotros", argumentó ayer la presidenta del TSE, Wilma Velasco, requerida por los medios de comunicación durante una conferencia de prensa.

Velasco manifestó que el TSE no cuenta con los datos respecto a esta situación específica (las advertencias de altas autoridades de Gobierno) y que alguien deberá presentar una denuncia para remitir esa documentación a la instancia que corresponda, en este caso a la Fiscalía para que se investigue el hecho.
"Si dentro de un accionar está dentro de la tipificación de un delito, quien conoce e investiga es el Ministerio Público. La queja puede llegar a nosotros para que lo remitamos o puede pasar directamente a conocimiento de la instancia competente", insistió.

¿QUÉ DICE LA LEY?
El inciso c del artículo 238 de la Ley de Régimen Electoral establece: “La servidora pública o el servidor público electoral, policial, militar o persona particular que coaccione, atemorice o ejerza violencia en contra de subalternos de su dependencia o de cualquier ciudadana o ciudadano, para que se afilien a determinada organización política o voten por determinada  candidatura en un proceso electoral u opción en un referendo o revocatoria de mandato, será sancionada o sancionado con pena privativa de libertad de uno (1) a tres (3) años. Además, si la autora o el autor fuera funcionaria pública o funcionario público, será sancionada o sancionado con la destitución del cargo, sin que pueda ejercer otra función pública por un tiempo de tres (3) años”.

El artículo 239 de la Ley 026 indica que el juzgamiento de los delitos tipificados por la presente Ley y/o por el Código Penal corresponde a la justicia penal ordinaria y que su trámite se sujetará al Código de Procedimiento Penal.

Velasco se refirió al tema tras los cuestionamientos a las declaraciones que autoridades gubernamentales y representantes del Movimiento Al Socialismo (MAS) hicieran respecto a la intención de voto de la población.

El presidente Evo Morales  y el vicepresidente Álvaro García Linera advirtieron en que el Gobierno no trabajará con opositores que logren la victoria en las elecciones  regionales del 29 de marzo. Plantearon que solamente darán colaboración a los candidatos del gubernamental MAS.

CRÍTICAS
El presidente del Senado, José Alberto Gonzales, comparó las advertencias del presidente Evo Morales de no trabajar con los opositores con la alerta que lanzó Samuel Doria Medina durante la campaña presidencial, respecto de que si ganaba Morales se aprobaría un gasolinazo.

Dijo que la amenaza de Doria Medina fue una muestra de "coacción electoral" y no las opiniones del Presidente y Vicepresidente de que no trabajarán con las autoridades opositoras que resulten electas en las elecciones del 29 de marzo.

"¿Por qué no chillaban ustedes (periodistas) cuando (la denuncia) de gasolinazo de Doria Medina? Yo no les escuché chillando. Nadie chillaba. Eso fue coacción electoral, cuando sale un candidato y te dice ‘si eliges al Evo va a haber gasolinazo’", dijo el ex periodista Gonzales, al ser consultado si es democrática la posición del Gobierno sobre condicionar el voto ciudadano.

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