Vocales salientes de Chuquisaca dispuestas a asumir defensa por la vía ordinaria

La ex presidenta y ex vicepresidenta del TED Chuquisaca siguen en La Paz a pesar que anunciaron la noche del lunes que se iban a Sucre

Las vocales electorales renunciantes durante su audiencia. Foto: AFKA Las vocales electorales renunciantes durante su audiencia. Foto: AFKA

La Paz/ANF
Política / 10/11/2015 17:19

La ex presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, Elizabeth Quispe, y su colega, la ex vocal, Norma Espinoza, coincidieron en señalar el martes que asumirán su defensa en la vía ordinaria, si es que el proceso que se extinguió en su contra en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), por faltas muy graves en la administración de las elecciones subnacionales, termina por radicar en un juicio penal.

La renunciante vocal Quispe, fue sorprendida por los periodistas saliendo de las instalaciones del TSE cerca de las 9.30 horas, cuando afirmó la noche del lunes, que renunciaba porque debía irse de La Paz, ya que tenía un vuelo hacia Sucre. ¿Por qué sigue aquí, no debía haberse ido anoche?, se le preguntó, a lo que respondió: "Si tenía que irme, pero me dejó el avión".

Consultada si la parte demandante del proceso en su contra y contra sus cuatro colegas, por la comisión de faltas muy graves, impulsa su procesamiento por la vía ordinaria, Quispe señaló que se defenderá en cualquier instancia porque está segura de que sus actos se ciñeron en la Constitución. "¡Claro que me defenderé!", aseguró.

Por su parte, la ex vocal Norma Espinoza, quien abandonó instalaciones del TSE minutos después de Quispe, aseguró en breve contacto con los medios: "Nos vamos con la moral alta (…). Nos sentimos dañadas en nuestra dignidad, pero dando la cara por esta democracia, no hay que rifarla con simples procesos disciplinarios amañados".

Espinoza dijo que trabajó 17 años en la ex Corte Nacional Electoral como notaria, y que continuará haciéndolo. "¿Por qué no nos vamos a defender?", respondió a manera preguntó e interrumpió la conversación cuando se le preguntó por qué los vocales del TED ocultaron la resolución 061 antes del día de sufragio para darlo a conocer después de las elecciones.

El periódico CORREO DEL SUR de Chuquisaca certificó que el TED de ese departamento no hizo publicar por ese medio impreso la resolución 061 entre el 1 de marzo y el 16 de abril. Los vocales ahora procesados señalaron que la población estaba debidamente informada con la citada resolución, que daba cuenta que los votos del FRI no iban a ser computados.

Hasta el mediodía del martes, la sala plena del TSE aún no emitió su dictamen final dentro del proceso disciplinario seguido en contra de los cinco vocales del TED Chuquisaca, quedando sólo la vocal delegada presidencial Zenaida Navarro en espera del fallo, ya que los otros cuatro, presentaron su renuncia y con ello activaron la extinción del proceso.  

LOS PROCESOS SEGÚN LEY

La Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional en su artículo 87, referido al procesamiento de los vocales, señala que la denuncia contra vocales corresponde tanto por hechos como por omisiones cometidas en el ejercicio de las funciones, y que debe ser de conocimiento de la justicia ordinaria.

La responsabilidad disciplinaria, administrativa, civil y ejecutiva de los vocales del TSE será determinada por sala plena del TSE con sujeción al procedimiento establecido en la Ley del Régimen Electoral, por dos tercios de los vocales en ejercicio, y garantizando la imparcialidad y el debido proceso.

Las decisiones del TSE en materia de responsabilidad disciplinaria se tomarán mediante resolución de sala plena adoptada por dos tercios de los vocales en ejercicio.

La responsabilidad disciplinaria, administrativa, civil y ejecutiva de los vocales de los TED será determinada por la sala plena del TSE con sujeción al procedimiento establecido en la Ley 026 y en el Reglamento Disciplinario. El artículo 88 referido a las sanciones disciplinarias contempla: 1) Multa hasta un máximo del 20% de la remuneración mensual en el caso de faltas muy leves; 2) Suspensión hasta un máximo de 30 días sin goce de haberes en el caso de faltas graves; y 3) Pérdida de función o destitución, en caso de faltas muy graves.

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