TSE presentó papeleta para el referéndum 2016 sobre la reelección presidencial
El diseño aprobado para la papeleta es de posición vertical e incorpora la pregunta y el texto adicional aprobado por el TSE y validado por el Tribunal Constitucional Plurinacional
Con el voto de los siete vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), la tarde del lunes, la sala plena aprobó la papeleta que será empleada en el referéndum del 21 de febrero para la reforma constitucional sobre la reelección del Presidente y Vicepresidente para el periodo 2020-2025.
El diseño aprobado para la papeleta es de posición vertical e incorpora tanto la pregunta como el texto adicional aprobado por el TSE y validado por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). Tiene dos casillas, la verde para el Sí y la roja para el No.
En la parte superior de la papeleta se lee la consulta: ¿Está usted de acuerdo con la reforma del artículo 168 para permitir que el Presidente o Presidenta y el Vicepresidente o Vicepresidenta puedan ser reelectos por dos veces de manera continua, la que habilitaría la candidatura de los actuales mandatarios para el periodo 2020-2025? El texto complementario a la pregunta también va inserto en la papeleta que señala: "Por disposición transitoria de la Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política del Estado, se considera como primera reelección el periodo 2015-2020 y la segunda reelección el 2020-2025".
En la parte central de la papeleta hay un espacio vacío mientras. A diferencia de las papeletas de los referendos para los estatutos autonómicos, esta papeleta no lleva el mapa de Bolivia en ninguno de los costados, como sucedió el 29 de marzo.
La papeleta de sufragio tiene esa característica de acuerdo al artículo 60 del Reglamento de Referéndum vigente.
TIPOS DE VOTOS
La norma electoral referida al conteo de votos señala que se trata de un acto público. El carácter público del escrutinio implica el derecho de cualquier ciudadana y ciudadano a estar presente en dicho acto.
El mismo reglamento prevé que el elector puede expresar su voluntad emitiendo uno de los siguientes tipos de voto: a) voto válido; b) voto blanco; y c) voto nulo. El válido es que el opta por el Sí o por el No, el blanco no tiene signo alguno y el nulo presenta marcas o machas ajenas a las opciones en juego.
El referéndum sólo es válido si vota el 50% más uno, según el artículo 21 de la Ley 026 de Régimen Electoral.
La opción que obtenga la mayoría simple de votos válidos (Sí y No), será la ganadora, mientras que los votos blancos y nulos sólo servirán para fines estadísticos.