TSE multará a Bolivia TV por infringir el Reglamento de Campaña y Propaganda
Bolivia TV incumplió el límite de transmisión en vivo de entrega de obras de 15 minutos, al difundir 42 minutos continuos de un acto en Tarija; este martes, el mismo medio infringió la norma dos veces más
La sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) en cumplimiento al Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referéndum sancionará al canal estatal Bolivia TV con una multa de 87.480 bolivianos, por transmitir 42 minutos un acto de entrega de obras del presidente Evo Morales, cuando la norma estable un límite de 15 minutos.
Bolivia TV transmitió en vivo el día lunes 25 de enero, desde el municipio de Cercado del departamento de Tarija, el acto de entrega de 300 viviendas sociales. La actividad contempló el discurso del Presidente, la ch’alla tradicional y parte del festejo.
La máxima autoridad del Órgano Electoral Plurinacional explicó que de conformidad a lo establecido en el Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, vigente para la consulta del 21 de febrero, la sala plena del TSE sancionó con una multa de 87.480 bolivianos a la estatal.
La sanción fue asumida luego de conocer el informe técnico de monitoreo en periodo de propaganda electoral realizado por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE).
"A través de nuestro sistema de monitoreo se ha confirmado que BTV ha infringido la norma, durante la transmisión de una entrega de viviendas desde Tarija y se procede por decisión de sala plena con una sanción mayor a 80 mil bolivianos contra la televisora estatal, por haber infringido en más de 20 minutos el límite de la transmisión en vivo", explicó la Presidenta del TSE.
Uriona dijo que se evidenció la contravención del artículo 24 del Reglamento para Campaña y Propaganda Electoral en Referéndum, en relación a la cobertura de entrega oficial de obras que está en plena vigencia.
El artículo 24 del Reglamento de Campaña contra el cual el Presidente y Vicepresidente presentaron una acción abstracta de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) pone límite de transmisión de actos de entrega de obras a 15 minutos por cada acto, durante los últimos 30 días a la fecha del Referéndum para la Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado (CPE), sobre la reelección del Presidente y Vicepresidente para el periodo 2020-2025.
Los actos de entrega pública de obras del Gobierno central o de los gobiernos autónomos podrán ser difundidos por los canales de televisión, radioemisoras, periódicos, solo con cobertura informativa.
Uriona precisó que la transmisión sancionada excedió en 27 minutos lo permitido por la normativa, ya que la transmisión del acto, en dos momentos, tuvo una duración de 42 minutos.
En ese marco, Uriona recordó a la población que el pasado viernes se inició la aplicación del artículo 24 del mencionado reglamento y apeló a los medios de comunicación a contribuir para que el debate democrático con miras a la consulta del 21 de febrero se enmarque en los principios de equilibrio y responsabilidad.
Btv incumple por tercera vez límite máximo de transmisión de obras públicas
El Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral en Referéndum establece que la entrega de obras debe ser transmitida por los medios de comunicación en un tiempo máximo de 15 minutos.