Prohíben candidaturas al Órgano Judicial que tengan parentesco con autoridades

Se prohibirán candidaturas de personas con parentesco con el Presidente, Vicepresidente y legisladores

El debate reglamento para la preselección de candidatos al Órgano Judicial. FOTO: Cámara de Senadores El debate reglamento para la preselección de candidatos al Órgano Judicial. FOTO: Cámara de Senadores

ANF
Política / 29/04/2017 15:35

Ante las críticas de los opositores de que el MAS pretendería cuotear el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional, el oficialismo resolvió modificar el Reglamento para la preselección, respecto al tiempo de no militancia y prohibir candidaturas con vínculos de parentesco al Presidente, Vicepresidente y asambleístas.

La Asamblea empezó el debate respecto al Reglamento que establece la metodología y los requisitos para el proceso de preselección de los candidatos al Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, anticipó que en el Reglamento se ampliará de uno a cinco años la no militancia, además a pedido del presidente Evo Morales también se prohibirá vínculos de consanguinidad con el Jefe de Estado; el vicepresidente, Álvaro García Linera y senadores y diputados.

La presidenta de la Comisión Mixta de Constitución, Adriana Salvatierra, ratificó esta decisión. Explicó que se asemejará a la convocatoria a Defensor del Pueblo y Contralor General del Estado. “Ampliar los años de uno a cinco años la no militancia y los vínculos de consanguinidad”, sostuvo la legisladora.

Asimismo, el reglamento de preselección de postulantes a altas autoridades judiciales inhabilitará a candidatos con procesos por violencia intrafamiliar y procesos penales con imputación formal. 
 
La información fue expuesta por Salvatierra que indicó que los requisitos comunes son los descritos en la Constitución Política del Estado (CPE) que en sus artículos 234 y 238 que hacen referencia a los requisitos que deben cumplir las servidoras y servidores públicos. 
 
Mencionó que otra de las modificaciones realizadas a este reglamento consiste en la flexibilización del artículo 234, que plantea que un servidor público debe hablar por lo menos dos idiomas oficiales, permitiendo a los postulantes no ser inhabilitados dentro del proceso de preselección pero que al momento de su posesión deberá presentar su certificado ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
 
Finalmente, ante el cuestionamiento por parte de la oposición de que sean otros organismos los que se encarguen de elegir a los nuevos supremos, mencionó que la CPE es clara al mencionar que la Asamblea Legislativa Plurinacional es la encargada de preseleccionar a las candidatas y candidatos a magistrados del Estado. Y que la elección se hará por mayoría simple.
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