Magistrado del TCP pide procesar a juez que admitió y rechazó acción contra Evo
Dice que no sólo corresponde instaurar un proceso disciplinario, sino también uno penal por resoluciones contrarias a la Constitución
El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) Orlando Ceballos dijo que el juez de Santa Cruz, Alberto Zeballos, que admitió y luego rechazó una acción de cumplimiento en contra de la repostulación del presidente Evo Morales es un “desinformado” y sugirió al Consejo de la Magistratura iniciar no sólo un proceso disciplinario, sino también penal por resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes e incumplimiento de deberes.
Explicó que el auto inicial de admisión emitido por el juzgador estaba sustentado en artículos de la Ley del TCP que fueron derogados por el Código Procesal Constitucional (CPC) y al parecer después se dio cuenta e intentó subsanar su error emitiendo otro auto contrario a su decisión inicial.
“En este caso, el juez desinformado se puso a expensas de que se le inicie no solamente un proceso disciplinario por el Consejo de la Magistratura, sino a un proceso penal por resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes e incumplimiento de deberes”, aseguró Ceballos.
No sólo que admitió la acción basado en artículos derogados, sino que omitió lo que establece el CPC de que no se puede admitir ningún tipo de acción de defensa en los casos relacionados a hechos que adquirieron la calidad de cosa juzgada constitucional, lo que ocurrió con la sentencia constitucional 084/2017 que viabilizó la repostulación indefinida de Evo Morales y Álvaro García Linera a la presidencia y vicepresidencia del Estado.
“Este juez actuó con precariedad”, afirmó Ceballos.
El recurso fue presentado por la activista María del Carmen Morales de Prado, esposa del general Gary Prado, además de otros activistas que defienden los resultados de referéndum del 21 de febrero de 2016 (21F) en el que se rechazó la modificación de la Constitución para permitir la repostulación de los actuales mandatarios.