MAS sanciona ley de reasignación de recursos IDH a municipios, gobernaciones y universidades para enfrentar el covid-19
Según la norma se pretende distribuir un monto de $us 200 millones durante la pandemia
La Asamblea Legislativa sancionó este jueves la Ley de Suspensión y Reasignación de Recursos del Fondo de Promoción a la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera (Fpieeh) ante el covid-19, que permite reasignar recursos a favor de los municipios, gobernaciones y universidades para enfrentar el coronavirus.
“Se aprobó la Ley del 12% del IDH que les transfiere 200 millones para que ellos puedan tener en sus municipios y puedan combatir el coronavirus, sabemos que hoy los alcaldes están haciendo todo lo posible para traer insumos, dar medicamentos y las condiciones adecuadas para su población, solamente pido a nuestros alcaldes que sigamos con fuerza, tengamos fe, vamos a salir de la pandemia y es importante mantener la unidad y la fuerza para que nuestro país salga adelante y ya no tengamos más pérdidas de vidas”, detalló la presidenta del Senado, Eva Copa.
El objeto de la ley es “establecer la suspensión temporal de la aplicación del artículo 12 de Ley N° 767 de 11 de diciembre de 2015, de Promoción para la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera, y reasignar una parte de los recursos del Fpieeh con el fin de que las Entidades Territoriales Autónomas y Universidades Públicas cuenten con recursos adicionales para enfrentar la pandemia del covid-19”.
La suspensión temporal del mencionado fondo regirá desde la promulgación de la norma hasta el 31 de diciembre de 2020, mientras que los recursos acumulados se reasignarán hasta un monto de $us 200 millones paras los gobiernos subnacionales y universidades públicas. “No se puede dar el 100% porque hicimos un estudio en torno a poder coadyuvar a los municipios más pequeños para que puedan tener más recursos, más adelante nuestro país no se puede quedar sin recursos”, dijo Copa.
La norma específica que la distribución de los recursos será 78% para los gobiernos municipales y gobierno autónomos indígenas (156 millones), 15% para los gobiernos departamentales (30 millones) y 7% para las universidades públicas (14 millones), según un boletín de prensa del Senado.
Para el cálculo del monto específico correspondiente a los gobiernos municipales se aplicará el siguiente criterio: el 80% de acuerdo a los factores de distribución del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y el restante 20% de acuerdo al Índice de Riesgo Municipal covid–19, mientras que para las gobernaciones y universidades se utilizará el criterio de distribución del IDH.
El destino de los recursos también se encuentra establecido en la norma, el artículo cuarto indica que las alcaldías y gobernaciones deberán destinar el 50% de los recursos a la compra de pruebas rápidas, equipamiento de hospitales y otras actividades para contener la expansión de la pandemia, el 25% a la provisión de alimentos para la población y el restante 25% para el fortalecimiento de la producción local afectada por la paralización de las actividades durante la cuarentena.
Por su parte, las universidades públicas que se benefician con esos recursos tienen la obligación de equipar los hospitales universitarios, laboratorios, comprar insumos y otras actividades directas ante la pandemia.
La Ley establece un plazo de 15 días calendario para que el Ejecutivo desembolse dichos recursos a las entidades territoriales autónomas, además de fijar que la Asamblea realizará la fiscalización del destino de dichos recursos.