Creemos demanda inhabilitación del MAS y dice a los vocales que si no lo hacen cometerán dos delitos
La agrupación de Luis Fernando Camacho presentó la demanda. Busca inhabilitar al MAS para las elecciones
La Alianza Creemos pidió hoy, viernes, al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que anule la personalidad jurídica del MAS y que este partido no pueda participar en las elecciones presidenciales porque su candidato, Luis Arce Catacora, habría cometido una falta electoral al difundir los resultados de encuestas internas, lo que está sancionado con la máxima pena en la ley electoral. Además, les alerta a los vocales del Órgano Electoral que si no procedan de esa forma deberán ser procesados por dos delitos penales.
Hasta el momento, es la única demanda que se presentó. El candidato por Comunidad Ciudadana, Carlos Mesa, no se pronunció en estos días sobre lo ocurrido con Arce. Esta noche, su jefe de campaña, Ricardo Paz, señaló que ya hay una demanda presentada, y que ahora el TSE “debe recibir, analizar y fallar. Hace diez días nosotros demandamos a la presidenta Jeanine Áñez, por utilizar spots de gestión en campaña, y hasta el momento la Sala Plena no dijo nada”.
El comunicado de Creemos, leído en Santa Cruz por Svonko Matkovic, dice: “Estamos presentando una denuncia contra el partido político MAS-IPSP, por haber difundido un estudio de opinión en materia electoral, su candidato a la presidencia, Luis Alberto Arce Catacora. Pedimos la inmediata cancelación de la personalidad jurídica de dicho partido en cumplimiento de los artículos 135, parágrafo 1 y 136, parágrafo 3, de la ley 26 de Régimen Electoral”.
El primero prohíbe la difusión de estudios “cuando sean anónimos” y el segundo establece que “las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica; además, serán sancionadas con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de tales estudios”.
Por ello, Creemos solicita que se deje sin efecto legal la resolución de registro de candidatos y de habilitación del MAS para participar de las presentes elecciones electorales.
El comunicado recuerda que el año 2015, el entonces gobernador del Beni y jefe de campaña de Unidad Demócrata, Carmelo Lenz, difundió encuestas no autorizadas a través de medios de comunicación y el Órgano Electoral sancionó al señor Ernesto Suárez, y otros 227 postulantes para alcaldes, concejales y asambleístas departamentales quedaron fuera de la carrera electoral a pocos días de las subnacionales.
“Ese precedente debe ser aplicado obliglatoriamente por la Sala Plena del TSE. Pedimos que se aplique la ley, la norma y la sanción estipulada en el tema”, que es la cancelación inmediata de la personalidad jurídica del MAS. “En caso de no hacerlo incurrirá en faltas graves. Los vocales que no respeten e incumplan las normas electorales, y pueden ser objeto de responsabilidades disciplinarias y administrativas, no obstante de la responsabilidad penal por el incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la CPE y las leyes”.
El TSE, advierte el comunicado, debe convocar a una audiencia pública mediante Zoom o cualquier otro medio tecnológico con el fin de resolver esta demanda. El Órgano Electoral informó oficialmente que mantiene sus puertas cerradas por el feriado del 16 de julio y por el encapsulamiento al que se sometió el viernes a la región por la pandemia del coronavirus.
La vocera del MAS, Marianela Paco, señaló que en el artículo 4, inciso “A” del mencionado reglamento se establece el concepto de difusión como “la presentación por parte de un medio de comunicación (televisión, radio, periódico o medios de comunicación digitales) de los resultados de un estudio de opinión en materia electoral, desde la ficha técnica, los resultados incluyendo tablas, tortas o cualquier otra herramienta de presentación de la información y los porcentajes. También comprende la presentación primicial de un estudio de opinión y/o cuando el medio de comunicación es la persona jurídica que financia el estudio”.
El inciso hace solamente un ejercicio de definición, no habla de sanciones. Marca las características y el formato en las que un medio debe presentar la información (ficha, resultados con tablas, tortas u otros recursos), e incluye también la posibilidad de que éste presente de forma primicial, y en ese caso, no recurre a una empresa, sino se identifica como persona jurídica que financia el estudio.
Pero Marianela Paco, remarcó que ese artículo sustenta la defensa de su partido y de Luis Arce y aseguró que su contenido comprueba que la denuncia “no cuadra ni por asomo con la respuesta que hizo Luis Arce, a la pregunta de un periodista” y manifestó que el caso es totalmente diferente a lo que ocurrió el 2015.