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Es ilegal el receso en la audiencia sobre Evo Morales, según constitucionalistas

La decisión tomada en el amparo por la inhabilitación de Evo puede generar vicios de nulidad

Una imagen reciente del expresidente Evo Morales. Una imagen reciente del expresidente Evo Morales. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / 04/09/2020 10:21

Cada uno por su lado, el abogado y exmagistrado del Tribunal Constitucional José Antonio Rivera y el abogado Fabián Espinoza, que patrocina a la senadora Carmen Eva Gonzáles, observaron el receso fijado en una audiencia de amparo constitucional para que un vocal dirima si el expresidente Evo Morales podría ser o no candidato a senador por Cochabamba.

El martes, los vocales de la Sala Constitucional Segunda de La Paz, René Delgado y Heriberto Pomier, dejaron en suspenso esas posibilidades declarando un cuarto intermedio al haber empatado en votos. Pomier votó en contra de que Morales sea habilitado y Delgado, a favor.

La senadora Gonzáles presentó una denuncia contra Delgado por los presuntos delitos de prevaricato, incumplimiento de deberes, encubrimiento y resoluciones contrarias a la Ley.

INCUMPLIMIENTO

Según Rivera, los vocales incumplieron el artículo 36 del Código Procesal Constitucional (CPC), que establece que la audiencia en las acciones de defensa debe ser pública, oral, continua e ininterrumpida hasta dictarse una sentencia.

“Desde mi punto de vista no es irregular convocar a un tercer vocal para adoptar una decisión por mayoría, lo que es irregular y puede generar vicios de nulidad es el haber decretado un cuarto intermedio de 48 horas cuando debió haberse decretado un receso solo para convocar al vocal dirimidor y en la misma audiencia emitir la sentencia”, declaró a CORREO DEL SUR.

Este jueves, el candidato a la presidencia por Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa, advirtió que el fallo de un tercer vocal para dirimir la acción de amparo sobre la candidatura de Morales es nula porque las salas constitucionales están conformadas solo por dos vocales. Así lo establece la Ley de creación de salas constitucionales.

CUESTIONAMIENTOS

Los accionantes en contra de la habilitación de Morales cuestionaron mediante un memorial la designación de un vocal dirimidor.

“Esto del juez dirimidor está en la Ley de Organización Judicial, pero eso es para salas ordinarias: civiles, salas penales, no para la jurisdicción especial, que son salas especializadas de control de constitucionalidad”, declaró el abogado Williams Bascopé a la red ATB.  En criterio de Bascopé, el voto que vale es el del vocal titular (Pomier) y no así del invitado (Delgado). Este último fue cuestionado en los últimos días por haber favorecido al expresidente Morales en al menos tres casos.

TRADICIÓN JUDICIAL

Rivera explicó que, en la tradición judicial del sistema constitucional boliviano, cuando una sala está conformada por dos integrantes y hay posiciones encontradas que impiden tomar una decisión por mayoría, se convoca a un magistrado o juez de otra sala, como ocurre en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); si en una sala no logran ponerse de acuerdo, se convoca al Presidente para dictar un fallo por mayoría.

“No diría que es una violación a la ley ni mucho menos, porque al existir dos posiciones se tiene que resolver el problema, no puede quedar sin solución la acción de amparo”, enfatizó.

UN DIRIMIDOR

¿Quién dirimirá el empate? Hasta este jueves se manejaban dos nombres de vocales: el de Israel Campero Méndez y el de Alfredo Jaimes Terrazas.

Si es designado Campero, los terceros interesados ya adelantaron que lo impugnarán por tener nexos con el MAS. “Si designan a Campero nosotros haremos una impugnación directa por ser irregular”, dijo a El Deber el abogado Espinoza.

“Aquí no hay sorteo, esa posibilidad no existe, se debe designar por prelación y corresponde que el vocal Alfredo Jaimes Terrazas sea el que conozca este caso”, agregó.

CORREO DEL SUR consultó al abogado constitucionalista Jaime Hurtado, quien afirmó que por prelación le corresponde asumir a un vocal de la Sala Constitucional Tercera, que en este caso sería Jaimes Terrazas.

Si las partes no estuvieran de acuerdo con este u otro vocal, lo correcto sería, de haber “duda razonable”, plantear un recurso de recusación para apartarlo. Aunque el CPC solo reconoce la excusa y deja al juzgador la libertad de excusarse; eso rompe el principio del juez imparcial.

LOS PLAZOS

¿Cuándo se sabrá si Morales puede o no ser candidato? Hurtado coincide con Bascopé en que corren 48 horas de plazo para la convocatoria del vocal dirimidor y que, luego, el convocado tiene otras 72 horas para revisar la documentación y preparar su posición.Si este vocal se excusara, se sigue la línea de la prelación en el resto de las salas.

No existe ninguna audiencia adicional. El designado conoce el caso por los documentos que le entregan y emite su fallo en tres días de plazo. De ese modo, según calculó Espinoza, se podría saber si Morales puede o no ser candidato el próximo lunes.

ERROR EN DISEÑO DE SALAS

El abogado Rivera observó el diseño de las salas constitucionales que son tribunales de garantías constitucionales. “Es un lamentable error haber conformado salas, no solo salas constitucionales sino en el propio TCP, con dos magistrados”.

Dice que el nombre de tribunal viene de tres, y que por eso los tribunales se caracterizan por ser organismos judiciales constituidos por tres magistrados.

En el marco de la libertad de expresión, de pensamiento y de opinión, dentro de una sala puede haber posiciones de interpretación diferenciadas entre dos magistrados, agregó. En caso de no haber unanimidad en la decisión, se tiene que convocar a un tercero, pero inmediatamente y en la misma audiencia resolver el empantanamiento sin decretar un receso de 48 horas.

“El cuarto intermedio de 48 horas no está conforme a lo que expresamente está regulado por el CPC”, sentenció Rivera.

El amparo fue presentado en marzo luego de que la postulación de Morales fuera inhabilitada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), que observó su falta de cumplimiento al requisito de residencia en Bolivia.

Analistas del país consideran que la decisión del vocal dirimidor podría no ser determinante, ya que el TSE tiene la última palabra.

GOBIERNO ADVIERTE

El ministro de Justicia, Álvaro Coímbra, advirtió este jueves con activar acciones penales en contra de aquella autoridad judicial que dé curso a la habilitación de la candidatura a senador del expresidente Evo Morales.

“Nosotros sí vamos a iniciar los procesos que correspondan, porque resulta que aquí hoy se está utilizando la acción de libertad, el amparo constitucional, las acciones populares para fines políticos”, manifestó Coímbra, según informó ANF.

La autoridad se pronunció respecto al amparo interpuesto por la defensa del exmandatario, que busca dejar sin efecto la determinación del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Esta institución resolvió inhabilitar a Morales por considerar que no cumple con el requisito de residencia permanente de dos años inmediatamente anteriores a la elección.

Para el diputado Amílcar Barral, la discusión sobre la candidatura es una cortina de humo con la cual se pretende tapar el caso de estupro que involucra a Morales.

DEFENSA DE MORALES

Según Prensa Latina, el abogado de Morales, Wilfredo Chávez, defendió una vez más el derecho de su representado a figurar como candidato a senador en las próximas elecciones generales. A principios de semana advirtió que con la inhabilitación de su defendido se estarían lesionando los derechos políticos de Morales.

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