TSE: Adultos mayores no deben presentar certificado de sufragio ni pagar multa
Por la pandemia del coronavirus, las personas de la tercera edad no estaban obligados a votar en los comicios del domingo 18 de octubre

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó la resolución "Dispensación excepcional de presentación de certificado de sufragio para personas mayores de 60 años", que determina que las personas de la tercera edad quedan exentas de la presentación del certificado de sufragio o del pago de multa.
El TSE instruyó a la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI), la Dirección de Migración Nacional y al sistema de administración pública del Estado, en todos sus niveles, el cumplimiento de la resolución.
Por la pandemia del coronavirus, los adultos mayores no estaban obligados a votar en los comicios del domingo 18 de octubre, según determinó el TSE como una medida para resguardar su salud.
En Bolivia, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos y el único documento que acredita el cumplimiento de esta obligación es el certificado de sufragio que, de acuerdo con la Ley del Régimen Electoral, exige junto al comprobante de pago de la multa permitir la realización de trámites bancarios, ocupar cargos públicos y obtener pasaporte.
Asimismo, se establece una excepción para quienes no hayan podido sufragar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada documentalmente, para las personas mayores de 70 años y las personas que acrediten haber estado ausentes del territorio nacional al momento de la votación.